Orden DEF/921/2012, de 23 de abril, por la que se crean y suprimen ficheros de datos de carácter personal de diversos órganos de la Armada.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Mayo de 2012
MarginalBOE-A-2012-5898
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger, en lo concerniente al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

El artículo 20.1 de la referida ley determina que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente. Del mismo modo, la disposición adicional primera de esta ley ordena a las Administraciones Públicas responsables de ficheros aprobar la disposición de creación de los mismos

En el Ministerio de Defensa, la Armada gestiona determinados ficheros que se crearon al amparo del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto1720/2007, de 21 de diciembre, que deroga los citados reales decretos, obliga al Ministerio de Defensa a adecuar estos ficheros a lo dispuesto en este reglamento.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, este proyecto ha sido informado previamente por la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Creación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal en el ámbito de la Armada que se describen en el anexo I de esta orden.

Artículo 2 Supresión de ficheros.

Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal que figuran en el anexo II de esta orden.

Disposición adicional única Integración de datos.

El responsable de los ficheros del anexo II integrará los datos contenidos en estos ficheros en los nuevos ficheros creados, conservándose, debidamente bloqueadas, las copias de seguridad que puedan existir.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de abril de 2012.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

ANEXO I Relación de ficheros con datos de carácter personal de diversos órganos de la Armada en la Comunidad de Madrid

Dirección de Asuntos Económicos (DAE)

  1. Fichero de gestión económica de la Armada.

    Estado Mayor de la Armada (EMA)

  2. Fichero de gestión de personal del EMA.

    Jefatura de Apoyo Logístico (JAL)

  3. Fichero de expedientes de personal militar de la JAL.

  4. Fichero de expedientes de personal civil de la JAL.

  5. Fichero de control de accesos a la JAL.

  6. Fichero de control de tarjetas instalaciones de la Armada en PIO XII.

    Jefatura de Asistencia y Servicios Generales (JEASER)

  7. Fichero de intervención de armas particulares del personal la Armada.

  8. Fichero de seguridad del CGA.

  9. Fichero de control de accesos al CGA.

  10. Fichero de suscriptores de la Revista General de Marina.

  11. Fichero de colaboradores de la Revista General de Marina.

  12. Fichero de gestión de personal del OAJ de JEASER.

  13. Fichero de gestión de personal del Detall de la Ayudantía Mayor del CGA.

  14. Fichero de gestión de personal civil del CGA.

  15. Fichero de gestión de personal militar y civil de Intendencia de Madrid.

  16. Fichero de salud de la enfermería del CGA.

  17. Fichero controles salud del personal de la Armada en la CAM.

  18. Fichero de gestión de personal militar y civil Parque Automóviles NUM. 1.

  19. Fichero control de alojados del personal MTM del CGA.

  20. Fichero de gestión de personal del ALA de Oficiales de Madrid.

  21. Fichero de gestión económica del ALA de Oficiales de Madrid.

    Jefatura de Sistemas de Información y Telecomunicaciones (JECIS)

  22. Fichero de control de accesos a la ERMAD.

  23. Fichero de gestión de personal de la ERMAD.

  24. Fichero de datos sanitarios de las ERMAD.

    Órgano de Historia y Cultura Naval (OHyCN)

  25. Fichero de usuarios de la Biblioteca del Museo Naval de Madrid.

  26. Fichero de Expedientes Personales del Archivo Central del CGA.

  27. Fichero de control de accesos al Museo Naval de Madrid.

  28. Fichero de control de usuarios de la Biblioteca del CGA.

    Agrupación de Infantería de Marina de Madrid (AGRUMAD)

  29. Fichero de gestión de personal de la AGRUMAD.

  30. Fichero de Salud de la AGRUMAD.

  31. Fichero de Seguridad de la AGRUMAD.

  32. Fichero de Gestión Económica de la AGRUMAD.

    Patronato de Huérfanos de la Armada (PAHUAR)

  33. Fichero de gestión de beneficiarios del PAHUAR.

  34. Fichero de gestión de asociados del PAHUAR.

  35. Fichero de gestión económica de la Armada.

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: registro de los datos de personas físicas y jurídicas intervinientes en los expedientes de naturaleza económica, gestionados por la Dirección de Asuntos Económicos de la Armada.

    2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: personal militar, funcionario y laboral del Ministerio de Defensa, personas físicas y jurídicas que concurran en los expedientes de gestión económica y contractual con la Administración.

    3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: formularios de recogida de datos en papel que posteriormente se pasan a la Base de Datos. Actualizaciones de datos desde el fichero de interesados del sistema de información contable de la Intervención General de la Administración del Estado.

    4. Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

      1. Estructura Básica: Fichero de estructura de base de datos.

      2. Descripción de los tipos de datos:

        Identificativos: nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección/domicilio fiscal, teléfono y firma/huella.

        Características personales: fecha y lugar de nacimiento.

        Económicos, financieros y de seguros: datos bancarios y administrativos.

        Transacciones de bienes y servicios: transacciones financieras, compensaciones e indemnizaciones.

      3. Sistema de tratamiento: mixto.

    5. Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: se prevén cesiones al Tribunal de Cuentas y órganos fiscalizadores de las Comunidades Autónomas» e «Intervención General de Estado» así como a las diferentes entidades bancarias en las que se produzcan los correspondientes pagos o ingresos. No se prevén transferencias internacionales de datos.

    6. Órgano de la Administración responsable de fichero: Ministerio de Defensa, Armada, Dirección de Asuntos Económicos (DAE), Órgano Auxiliar de Dirección.

    7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección de Asuntos Económicos de la Armada, calle Montalbán, 2, 28014 Madrid.

    8. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: nivel medio.

  36. Fichero de gestión de personal del EMA.

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: gestión del personal destinado en el Estado Mayor de la Armada (EMA).

    2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: personal militar destinado en el Estado Mayor de la Armada, en la Jefatura CIS de la Armada y en Seguridad Naval.

    3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: a través de formularios rellenos por el interesado, datos extraídos de la base de datos de Gestión de Personal de MINISDEF del BOD.

    4. Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

      1. Estructura Básica: fichero de estructura de base de datos.

      2. Descripción de los tipos de datos:

        Identificativos: nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono e imagen/voz.

        Características personales: fecha de nacimiento, edad, lugar de nacimiento, estado civil y datos de familia.

        Circunstancias sociales: licencias, permisos y autorizaciones.

        Académicos y profesionales: formación, titulaciones, experiencia profesional.

        Detalles de empleo: cuerpo/escala, categoría/grado, puestos de trabajo y situación militar.

        Económicos, financieros y de seguros: datos bancarios, planes de jubilación Seguros, certificados de haberes y complementos.

        Datos especialmente protegidos: altas y bajas laborales y expedientes disciplinarios.

      3. Sistema de tratamiento: mixto.

    5. Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No se prevén cesiones ni transferencias internacionales de datos.

    6. Órgano de la Administración responsable de fichero: Ministerio de Defensa, Armada, Cuartel General de la Armada, Estado Mayor de la Armada.

    7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Cuartel General de la Armada, calle Montalbán, 2, 28014 Madrid.

    8. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: Nivel Alto.

  37. Fichero de expedientes de personal militar de la...

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