DECRETO 266/1998, de 6 de octubre, por el que se modifica la composición de la Comisión de Asesoramiento y Supervisión de las personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan atribuida la tutela de menores o incapacitados.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO
266/1998, de 6 de octubre, por el que se modifica la composición de la Comisión de Asesoramiento y Supervisión de las personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan atribuida la tutela de menores o incapacitados.
La Ley 39/1991, de 30 de diciembre, de la tutela e instituciones tutelares, modificada por la Ley 11/1996, de 29 de julio, establece en su disposición adicional primera que el Gobierno de la Generalidad tiene que crear un órgano de asesoramiento y supervisión de las personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan atribuida la tutela de menores o de incapacitados de acuerdo con lo que establece el artículo 19 de la misma Ley.
El Decreto 188/1994, de 28 de junio, creó la Comisión de Asesoramiento y Supervisión de las personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan atribuida la tutela de menores o incapacitados, de acuerdo con el mandato de la Ley 39/1991, de 30 de diciembre, de la tutela e instituciones tutelares, cuya composición fue modificada posteriormente por el Decreto 221/1996 para agilizar la actuación y para hacerla más eficaz.
La incidencia creciente de la tutela de las personas que sufren la enfermedad mental hace necesaria la incorporación de representantes del Departamento de Sanidad y Seguridad Social en la citada comisión, y en consecuencia conviene modificar su composición.
Por tanto, vista la disposición adicional 1 de la Ley 39/1991, a propuesta de los consejeros de Sanidad y Seguridad Social, de Justicia y de Bienestar Social, en uso de las facultades que me otorga la normativa vigente y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Se modifica el artículo 4 del Decreto 188/1994, de 28 de junio, que queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 4
"Composición
"La Comisión de Asesoramiento y Supervisión de las personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan atribuida la tutela de menores o de incapacitados tiene la composición siguiente:
"La presidencia corresponderá a la persona titular de la Secretaría General de Bienestar Social o a la persona que designe.
"La vicepresidencia corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Justicia o a la persona que designe.
"Vocales:
"Dos personas en representación del Departamento de Sanidad y Seguridad Social designadas por su titular.
"Dos personas en representación del Departamento de Justicia designadas por su titular.
"Dos personas en representación del Departamento...
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