Orden ECI/918/2007, de 19 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores Especializados del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

MarginalBOE-A-2007-7504
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, y acuerdo de la Junta de Gobierno del CSIC, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Titulados Superiores Especializados (Código -5405-) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado n.º 48, de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 20 plazas de la Escala de Titulados Superiores Especializados del Consejo Superior de investigaciones Científicas (Código -5405-) por el sistema de promoción interna.

    Del total de estas plazas se reservarán dos, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.

    La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica, de las plazas convocadas por el turno ordinario es la siguiente:

    N.º de plazas

    Denominación

    Tribunal número

    6

    Biología y Biomedicina, Ciencias Agrarias, Recursos Naturales, Ciencia y Tecnología de Alimentos

    1

    5

    Ciencia y Tecnología Químicas, Ciencia y Tecnología de Materiales, Ciencia y Tecnología Físicas

    2

    1

    Humanidades y Ciencias Sociales

    3

    1

    Biblioteconomía y Documentación

    4

    5

    Gestión I+D

    5

    En el supuesto de que alguna de las plazas quedara desierta, el órgano convocante podrá destinar dicha plaza a incrementar el número de las inicialmente previstas para otra área de especialización científica y tecnológica.

    La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica, por las que podrán concurrir los aspirantes que participen en el proceso selectivo por el cupo de discapacitados es la siguiente:

    Denominación

    Tribunal número

    Biología y Biomedicina, Ciencias Agrarias, Recursos Naturales, Ciencia y Tecnología de Alimentos

    1

    Ciencia y Tecnología Químicas, Ciencia y Tecnología de Materiales, Ciencia y Tecnología Físicas

    2

    Humanidades y Ciencias Sociales

    3

    Biblioteconomía y Documentación

    4

    Gestión I+D

    5

    Las dos plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad serán adjudicadas, de entre los aspirantes con discapacidad del citado cupo que hayan aprobado el proceso selectivo, a aquellos candidatos con las dos mejores puntuaciones finales, con independencia del área de especialización científica y tecnológica por la que concurran

    Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las del turno ordinario por el mismo área de especialización científica y tecnológica que optaron en el cupo de reserva para discapacitados.

    Las plazas reservadas para el cupo de reserva para personas con discapacidad que queden desiertas, se acumularán a las especialidades del turno ordinario según el orden siguiente: la primera plaza para Biología y Biomedicina, Ciencias Agrarias, Recursos Naturales, Ciencia y Tecnología de Alimentos y la segunda plaza para Gestión de I+D.

    De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que han de reflejar las necesidades específicas que tengan para acceder al proceso de selección.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

  3. Superación de ejercicios de esta convocatoria

    Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, pero, al no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, no hubieran aprobado, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria y se les mantendrá la misma puntuación obtenida en la fase de oposición, siempre que se presenten a la misma especialidad.

    No obstante lo anterior, si los aspirantes optan por realizar las pruebas de las que hubieran quedado exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en la anterior fase de oposición.

  4. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  5. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  6. Requisitos específicos

    6.1 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo B y estar además destinados en la Administración General del Estado.

    6.2 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo B, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo B.

  7. Solicitudes

    7.1 Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo 790 que será facilitado gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es).

    7.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

    7.3 Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni concurrir a más de un área de especialización.

    7.4 Los aspirantes que hubieran superado las pruebas de la fase de oposición de la convocatoria efectuada mediante Orden ECI/1359/2006, de 18 de abril (BOE n.º 110, de 9 de mayo), pero no hubieran obtenido plaza en la misma al no haber reunido méritos suficientes en la fase de concurso, deberán acompañar junto con la solicitud certificado de la Subdirección General de Recursos Humanos del CSIC que acredite haber alcanzado en la fase de oposición las puntuaciones mínimas exigidas para superar cada uno de los ejercicios, especificando la puntuación obtenida en cada uno de ellos y la especialidad de que se trate. En caso de no acompañar dicha certificación o no concurrir en la presente convocatoria a la misma especialidad que en la convocatoria efectuada mediante Orden ECI/1359/2006, de 18 de abril (BOE n.º 110 de 9 de mayo), no quedarán exentos de la realización de las pruebas de la fase de oposición.

  8. Tribunales

    8.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como anexo III a esta convocatoria.

    8.2 Los Tribunales de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    8.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, C/ Serrano, n.º 113, 28006 Madrid, teléfono (91) 5855265/5263 y Fax 91 585 53 86, dirección de correo electrónico p.decabo@orgc.csic.es , mj.navas@orgc.csic.es y j.ruiz@orgc.csic.es

  9. Desarrollo del proceso selectivo

    Dentro de cada especialidad, el orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 (Boletín Oficial del Estado de 8 de febrero).

  10. Norma final

    Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984,de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las...

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