ORDEN de 2 de febrero de 2004, por la que se regulan las ayudas superficies para la campaña 2004/2005, las primas ganaderas para el año 2004, la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas para el año 2004 y las declaraciones de superficies de determinados cultivos.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 2 de febrero de 2004, por la que se regulan las ayudas superficies para la campaña 2004/2005, las primas ganaderas para el año 2004, la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas para el año 2004 y las declaraciones desuperficies de determinados cultivos.

El Reglamento (CEE) 3508/1992 del Consejo, de 27 de noviembre, establece un sistema integrado de gestión y control aplicable a determinados regímenes de ayuda comunitarios.

El Reglamento (CE) 2419/2001 de laComisión, de 11 de diciembre de 2001, dispone las normas de aplicación del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarios.

En virtud de lo establecido en el artículo 9 bis del Reglamento (CEE) 3508/1992, y con el fin de que sean compatibles en esta Comunidad Autónoma los sistemas de gestión y control aplicados a determinadas medidas de ayudas comunitarias, en la presente Orden se regulan aspectos relacionados con los regímenes de ayuda que se especifican a continuación.

El Real Decreto 1026/2002, de 4 de octubre, sobre pagos por superficie a los productores de determinados productos agrícolas (BOE núm. 239, de 5 de octubre), establece la normativa básica para la aplicación en España de los regímenes de ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos, de arroz y de leguminosas grano, así como las bases para la aplicación en España del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayuda comunitarios.

La normativa comunitaria se encuentra en los siguientes Reglamentos:

- Reglamento (CE) núm. 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores.

- Reglamento (CE) 1251/1999 del Consejo, de 17 de mayo, que establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos. Por su parte, el Reglamento (CE) 2316/1999 de la Comisión, de 22 de octubre, regula las disposiciones de aplicación del mismo, y el Reglamento (CE) 2461/1999 de la Comisión, de 19 de noviembre, regula las disposiciones de aplicación en lo referente a la utilización de las tierras retiradas para la obtención de materias con destino no alimentario.

- Reglamento (CE) 1577/96 del Consejo, de 30 de julio, que dispone la concesión de un pago por superficie a los productores de leguminosas grano.

- Reglamento (CE) 1051/2001 del Consejo, de 22 de mayo y Reglamento (CE) 1591/2001, de la Comisión, de 2 de agosto de 2001 y Reglamento (CE) 1486/2002 de la Comisión, de 19 de agosto, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen de ayuda del algodón.

- Reglamento (CE) 609/1999, de la Comisión, de 19 de marzo, que establece las condiciones de concesión de la ayuda a los productores de lúpulo.

De forma análoga, el Real Decreto 138/2002, de 1 de febrero, sobre determinadas ayudas comunitarias en el sector de la carne de vacuno y el Real Decreto 139/2002, de 1 de febrero, sobre determinadas ayudas comunitarias en el sector de las carnes de ovino y caprino, vienen a establecer la normativa básica de los regímenes de ayudas directas en esos sectores. Por su parte, la normativa comunitaria se encuentra en los siguientes Reglamentos:

- Reglamento (CE) 2529/2001 del Consejo, que regula las ayudas directas a las rentas de los productores del sector de carne de ovino y caprino, y establece:

La prima por oveja y por cabra.

La prima complementaria por oveja y cabra, para los productores cuya explotación se encuentre situada en alguna de las zonas desfavorecidas establecidas en el Reglamento (CE) núm. 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo.

- Reglamento (CE) 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo, que regula las siguientes ayudas en el sector de la carne de vacuno:

Prima especial a los productores de bovinos machos.

Prima a los productores que mantengan vacas nodrizas.

Prima nacional complementaria a los productores de vacas nodrizas.

Prima por sacrificio.

Pago por extensificación.

Pagos adicionales.

El Real Decreto 3482/2000, de 29 de diciembre, establece la normativa básica en España para la indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas. El Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, establece medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agraria Común. La normativa comunitaria se recoge en elReglamento (CE) 1257/1999 del Consejo, sobre ayudas al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrarias y en el Reglamento (CE) núm. 445/2002 de la Comisión, de 26 de febrero de 2002, por el que se establecen disposiciones de aplicación, y en concreto, lo contenido en su artículo 11.

La presente Orden desarrolla en la Comunidad Autónoma de Andalucía aspectos concretos de la gestión, tramitación y concesión de estas ayudas para la campaña 2004/2005, sin perjuicio de la directa aplicación de las disposiciones comunitarias anteriormente referenciadas y de las que resulten de aplicación.

También por la presente Orden, se establece el acceso a los modelos de impresos para la declaración de las parcelas afectadaspor ayudas al amparo de la siguiente normativa:

- El Real Decreto 283/1999, de 22 de febrero, que establece la normativa básica relativa al régimen de ayudas en el sector de los forrajes desecados, cuya normativa comunitaria se recoge en el Reglamento (CE) 603/95 del Consejo, de 21 de febrero, por el que se rige la organización común de mercado en el sector de forrajes desecados y en el que se dispone la concesión de una ayuda a la producción de éstos.

- El Real Decreto 330/2002, de 5 de abril, por el que se concretan determinados aspectos de la normativa europea reguladora de la ayuda a la producción de algodón.

- Reglamento (CEE) núm. 2075/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, que establece una ayuda a la producción de tabaco.

Por último, en relación al régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente previsto en el Reglamento (CE) 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, y regulado en el Real Decreto 4/2001, de 12 deenero, modificado por el Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, se contemplan las entidades colaboradoras con las que podrá suscribir la Consejería de Agricultura y Pesca el correspondiente convenio para tramitar las solicitudes.

Al objeto de facilitar la comprensión de la normativa referida anteriormente se ha considerado conveniente transcribir ciertos preceptos.

En consecuencia, a propuesta del Director General del Fondo Andaluz de Garantía Agraria (en adelante, Director del FAGA) y en usode las atribuciones conferidas en relación con la ejecución de los Programas de Política Agraria Común,

DISPONGO

CAPITULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 6
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. Los titulares de explotaciones agrarias deberán presentar una única solicitud de ayuda y, en su caso, declaración

    de superficies (en adelante «solicitud»), siempre que deseen obtener para el año 2004 en la Comunidad Autónoma de Andalucía:

    1. Los pagos por superficie contemplados en el Reglamento (CE) 1251/1999 del Consejo, de 17 de mayo.

    2. La ayuda específica a los productores de arroz, establecida en el artículo 79 del Reglamento (CE) núm.

      1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre.

    3. La prima específica a la calidad del trigo duro, establecida en el artículo 72 del Reglamento (CE) núm.

      1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre.

    4. La prima a las proteaginosas, establecida en el artículo 76 del Reglamento (CE) núm. 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre.

    5. La ayuda a los cultivos energéticos establecida en el artículo 88 del Reglamento (CE) núm. 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre.

    6. Los pagos por superficie a los productores de leguminosas grano establecidos en el Reglamento (CE) 1577/96 del Consejo, de30 de julio.

    7. El precio mínimo para el algodón según se establece en el Reglamento (CE) núm. 1051/2001 del Consejo, de 22 de mayo.

    8. La ayuda al cultivo de lúpulo establecida por el Reglamento (CEE) 1696/71 del Consejo, de 26 de julio.

    9. El cómputo de superficie forrajera a efectos del cálculo de densidad ganadera.

    10. La formalización de contratos para venta de su producción de forrajes verdes para desecación, según establece el Reglamento (CE) 603/95 del Consejo, de 21 de febrero.

    11. Prima a la producción de tabaco establecida en el Reglamento (CEE) 2075/92, del Consejo.

    12. Prima especial a los productores de bovinos machos establecida en el artículo 4 del Reglamento (CE) 1254/1999.

    13. Prima a los productores...

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