AAP Sevilla 228/2005, 6 de Mayo de 2005
ECLI | ES:APSE:2005:1600 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 228/2005 |
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINTA
SENTENCIA
ILTMOS. SRES.
DON JUAN MARQUEZ ROMERO
DON JOSE HERRERA TAGUA
DON CONRADO GALLARDO CORREA
REFERENCIA
JUZGADO DE PROCEDENCIA núm. 1 de Sanlúcar
ROLLO DE APELACION 2094/05
AUTOS Nº 97/03
En Sevilla, a seis de mayo de dos mil cinco.
VISTOS por la Sección Quinta de esta Iltma Audiencia Provincial los autos de juicio verbal núm. 97/03, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Sanlúcar la Mayor, promovidos por DON Enrique , representado por la Procuradora Doña Carmen Durán Ferreira, contra Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, representada por la Letrada Doiña Angela Horgue Baena autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento demandado contra la Sentencia en los mismos dictada con 24 de septiembre de 2005.
Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Iglesias Monroy, en representación de Enrique contra AYUNTAMIENTO DE BOLLULLOS DE LA MITACION representada por la letrada Sra. Angela Horgue Baena, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada a que devuelva el espacio aéreo de la vivienda demandante y para ello proceda a desmontar el canalón, desmontar la cubierta de tejas en la zona afectada proceda a la demolición de la cornisa en la zona afectada, y proceda a la construcción de un nuevo canalón sin invadir ni verter len la propiedad colindante; con imposición a la demandada de las costas procesales en esta instancia".-
Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, y previa admisión del recurso y emplazamiento de las partes por treinta días, se elevaron las actuaciones a esta Superioridad, con los debidos escritos de interposición y oposición, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para las de su clase.
Por resolución de de 1 de abril de 2005, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día cinco de mayo siguiente, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.
En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don JUAN MARQUEZ ROMERO.-
La sentencia dictada en la primera instancia del pleito de que el presente rollo dimana, con estimación de la demanda, dio lugar a la tutela sumaria de la posesión promovida por Don Enrique contra el Ayuntamiento de la localidad de Bollullos de la Mitación que, al construir uno de los torreones del nuevo edificio de casa consistorial, que dispone de cubierta a cuatro aguas, con cornisa volada, ha invadido, en unos cincuenta centímetros,...
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