STSJ Comunidad de Madrid 462/2007, 14 de Marzo de 2007
Ponente | JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA |
ECLI | ES:TSJM:2007:444 |
Número de Recurso | 2436/2003 |
Número de Resolución | 462/2007 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 00462/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE
MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
SENTENCIA 462
RECURSO NÚM.: 2436-2003
PROCURADORA: D.ª Sofía Pereda Gil
Ilmos. Sres.:
Presidente
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados
D. J. Ignacio Parada Vázquez
Dña. María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo
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Madrid, 14 de marzo de 2007
Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2436-2003 interpuesto por la Procuradora D.ª
Sofía Pereda Gil, en representación D. Vicente contra la
resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 27 de mayo de 2003,
relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1992, reclamación número
NUM000 ; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y
defendida por su Abogacía.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni la celebración de vista pública o el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 13/03/2006 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Alberto Gallego Laguna
Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 27 de mayo de 2003 en la que acuerda desestimar la reclamación económico administrativa número NUM000 interpuesta contra acuerdo de la Oficina Técnica de la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por el que se practica liquidación derivada de Acta modelo A02, número NUM001, incoada en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1.992, por cuantía de 29.992,43 € (4.990.321 pesetas).
Plantea la parte recurrente, al amparo del art. 64 de la Ley General Tributaria, la prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, argumentando a tal fin que las actuaciones inspectoras estuvieron interrumpidas durante más de seis meses desde la fecha del acta (6 de noviembre de 1998) hasta la fecha en que se notificó la liquidación (24 de mayo de 1999).
Sobre una cuestión similar a la aquí debatida se ha dictado sentencia, aportada por el recurrente,...
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