STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Junio de 2003
Ponente | AGUSTIN MARIA GOMEZ-MORENO MORA |
ECLI | ES:TSJCV:2003:5720 |
Número de Recurso | 1272/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso número: 1272/01 S E N T E N C I A N º 946 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:
Presidente D. JOSE DIAZ DELGADO Magistrados D. AGUSTIN GÓMEZ MORENO MORA D. SALVADOR BELLMONT Y MORA En Valencia , a treinta de junio de dos mil tres Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 1272/01, promovido por la Procuradora Dª Florentina Pérez Samper , en nombre y representación de D. Baltasar Y Dª Dolores , contra resoluciones del T.E.A.R. de fecha 30-5-01 dictadas en expedientes nº NUM000 y NUM001 habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Letrado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni la presentación de conclusiones, se declaró concluso el presente recurso de acuerdo con lo dispuesto en el art.62 de la Ley 29/98 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, quedando los autos pendientes para votación y fallo.
Se señala la votación para el día VEINTISEIS DE JUNIO de dos mil tres QUINTO: En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales .
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. .D. AGUSTIN GÓMEZ MORENO MORA .
Fundamenta la parte actora su pretensión impugnatoria, que constituye el objeto del presente recurso, en el régimen de imputación de los incrementos y disminuciones patrimoniales procedentes de las operaciones de adquisición y venta de bonos austríacos, con base en el art. 11.3 del Convenio ratificado en 1966, y con ello el que los intereses correspondientes no están sujetos a tributación en España, los intereses de Bonos austríacos suscritos por residentes en España sólo pueden...
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