La sucesión hereditaria del Estado en el Derecho italiano y en el Derecho español

AutorMauro Tescaro
Páginas195-216
ADC, tomo LXXIV, 2021, fasc. II, pp. 543-564
La sucesión hereditaria del Estado en el
Derecho italiano y en el Derecho español*
MAURO TESCARO
Professore associato di diritto privato
Università di Verona, Italia
RESUMEN
Existen, fundamentalmente, dos planteamientos distintos en relación con
el problema del destino de la herencia vacante: uno es de naturaleza (princi-
palmente) publicista y se basa en la adquisición de las herencias vacantes
por un acto de soberanía estatal; el otro es de carácter privatista, y se asien-
ta en la adquisición sucesoria que correspondería al Estado en su condición
de heredero. La comparación entre el Derecho italiano y el español ofrece
buenos argumentos para preferir este último planteamiento y además permi-
te evaluar de manera crítica el art. 33 del Reglamento (UE) n.º 650/2012.
PALABRAS CLAVE
Derecho de sucesiones. Sucesión legítima. Sucesión del Estado. Heren-
cia vacante. Derecho privado europeo.
The succession of the State according to Italian
law and Spanish law
ABSTRACT
The main approaches concerning the issue of the acquisition of a vacant
inheritance are essentially two: the (mainly) public-law one, based on the
* El artícu lo forma parte de la actividad investigadora del grupo Invecchiamento
della popolazione e passaggi generazionali en el marco del Progetto di Eccellenza del
Dipartimento di Scienze Giuridiche dell’Università degli Studi di Verona «Diritto, Cam-
biamenti e Tecnologie».
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ADC, tomo LXXIV, 2021, fasc. II, pp. 543-564
occupation of the vacant inheritances by virtue of state sovereignty and the
private-law one, based on the succession of the State as heir. The Italian and
the Spanish legal systems, considered together, offer a valuable point of view
to prefer the private-law approach and critically evaluate the law referred to
in art. 33 of the Regulation (EU) No. 650/2012.
KEY WORDS
Law of successions. Intestate succession. Succession of the State. Vacant
inheritance. European private law.
SUMARIO: 1. Introducción.–2. La tesis publicista y su aplicación en
Francia.–3. La tesis privatista y su aplicación en Alemania.–4. El
Derecho italiano y la cuestión abierta de la relación con la herencia
yacente.–5. El Derecho español y las aportaciones que de él pueden
extraerse en perspectiva comparatista.–6. El artícu lo 33 del Reglamen-
to (UE) n.º 650/2012.–7. Conclusiones.–Bibliografía.
1. INTRODUCCIÓN
El problema del destino de la herencia que se encuentra vacante
por no haber sido adquirida por ningún familiar del causante es
recurrente en la historia del Derecho y el Derecho comparado. Esta
cuestión, además, no podría evitarse completamente, ni siquiera en
el caso de que un ordenamiento jurídico previera una sucesión ili-
mitada de los familiares 1. Efectivamente, también entonces podría
darse el caso de que no existiera o no fuera individualizable 2 un
1 Una elección de este tipo (efectuada, por ejemplo, por el § 1929 BGB) suscitaría,
por otra parte, no pocas dudas, ya que daría cabida a la figura del llamado «heredero
risueño» (que ríe porque, a pesar de no haber tenido ninguna relación real con el causan-
te, recibe, mediante sucesión, una fortuna completamente inesperada); vid., al respecto,
Z, Familia, 2016, p. 59.
2 Vid. Z, Familia, 2016, p. 55 (asimismo, R,  W, y Z-
, 2015, p. 478), donde, de un lado, se precisa que no es fácil constatar la mayor o
menor frecuencia del fenómeno y, de otro lado –con cita a R, Non Profit Law Year-
book, 2007, p. 193–, se afirma que en la ciudad-estado de Hamburgo ello ha sido corrobo-
rado, en el año 2006, en alrededor de 100 sucesiones abiertas de entre más de 17.000. En
lo que respecta a la situación francesa, vid. H, 2018, p. 107, donde se da cuenta del
hecho que «en 2015, la Direction générale des finances publiques recensait plus de 25.000
successions vacantes, non réclamées ou en déshérence». No puede descartarse, en cual-
quier caso, que la sucesión del Estado asuma una relevancia práctica creciente en el futuro,
habida cuenta también de la crisis económica: cfr., en relación al contexto español, C
L, 2015, p. 112, el cual subraya que «recently, the State’s role as intestate heir
has been revitalized owing to a substantial increase in renunciations of inheritance by

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