STSJ Comunidad Valenciana , 20 de Marzo de 2003

PonenteLEOPOLDO CARBONELL SUÑER
ECLIES:TSJCV:2003:2274
Número de Recurso1772/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2003
EmisorSala de lo Social

3 R.C.Sent nº 1772/02 Recurso contra Sentencia núm. 1.772/02 Ilmo. Sr. D. Leopoldo Carbonell Suñer Presidente Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora En Valencia, a veinte de marzo de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1.228 de 2.003 En el Recurso de Suplicación núm. 1772/02, interpuesto contra la sentencia de fecha 6 de febrero de 2.002, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, en los autos núm. 731/01, seguidos sobre Incapacidad, a instancia de don Oscar asistido de la letrada doña Pilar Alfaro San Andrés, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la empresa ENCIMED, y en los que es recurrente la demandante antes mencionada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Leopoldo Carbonell Suñer.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 6 de febrero de 2.002 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando la demanda deducida por Oscar contra el INSS y Encimed SA, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandante don Oscar con DNi nº NUM000 , afiliado al régimen general de la SS con el nº

NUM001 , prestó servicios para la empresa Encimed SA desde el 11-2-97, con categoria de director técnico y salario mensual con prorrata de pagas extras de 453.168 ptas. Con efectos de 30-3-01 la empresa notificó al actor por escrito la extinción del contrato de trabajo alegando la concurrencia de causas objetivas, y al amparo de lo dispuesto en el art. 52.c) del ET. SEGUNDO.- El demandante inició situacion de baja laboral IT derivada de enfermedad común el 22-11-00, sin que la empresa cumpliese con la obligación de pago delegado del subsidio. TERCERO.- El hoy actor presentó papeleta de demanda ante el SMAC el 15-5-01 en reclamación de salarios frente a la empresa Encimed SA, por el periodo marzo 2000 a marzo 01, inclusive, levantándose acta de conciliación con avenencia el 15-6-01, comprometéndose la empresa a abonarle la suma de 8.395.351 ptas. en el plazo máximo del 15-9-01. LLegada la fecha de vencimiento la empresa no había abonado cantidad alguna, ni tampoco a la fecha de celebración del juicio oral. CUARTO.- El 29-5-01 el actor solicitó ante el INSS el abono directo de la prestación de IT que le fue reconocida desde el 31-3-01, sobre una base reguladora de 13.953 ptas (81'69 euros), lo que supone un subsidio diario de 10.194'75 ptas. (61'27 euros). QUINTO.- Disconforme el actor con la meritada resolucion interpuso reclamación previa solicitando que se le abonara, igualmente, el comprendido entre el 22-11-00 y 30-3-01, sobre una base reguladora mensual de 453.168 ptas., que le fue desestimada por resolucion de fecha (registro de salida)

13-7-01. SEXTO.- Agotada la vía previa se...

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