ORDEN ENS/121/2004, de 14 de abril, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de ayudas a centros docentes del Principado de Cataluña sostenidos con fondos públicos para la realización de intercambios escolares entre alumnos de centros docentes de las tierras de habla catalana, para el curso escolar 2003-2004.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ENS/121/2004, de 14 de abril, por la que se hace pública la convocatoria para la concesión de ayudas a centros docentes del Principado de Cataluña sostenidos con fondos públicos para la realización de intercambios escolares entre alumnos de centros docentes de las tierras de habla catalana, para el curso escolar 2003-2004.

La realización de intercambios escolares entre alumnos de centros docentes de las tierras de habla catalana tiene por objeto facilitar la participación y el conocimiento mutuo, potenciar el uso de la lengua, así como ampliar el conocimiento del espacio geográfico y cultural del área lingüística catalana.

El Departamento de Enseñanza quiere dar apoyo económico para favorecer el intercambio entre el alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos, ubicados en los diferentes territorios del ámbito lingüístico catalán, de último ciclo de educación primaria, de educación secundaria obligatoria y de bachillerato.

Por todo ello, y de acuerdo con lo que establece el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, en uso de les facultades atribuidas en el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Centros Docentes,

Ordeno:

Artículo 1

Convocar concurso público para la concesión de ayudas a centros docentes sostenidos con fondos públicos del Principado de Cataluña para la realización de intercambios escolares entre alumnos de centros docentes de las tierras de habla catalana.

Artículo 2

Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá esta convocatoria, que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

Destinar a la concesión de estas ayudas un importe total máximo de 36.320 euros con cargo al crédito 1304 D/481130600/3211 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña del año 2003 prorrogado para el 2004.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, según lo que...

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