El sistema de concurrencia en Castilla y León
Autor | Juan José Rastrollo Suárez |
Cargo | Investigador del departamento de derecho administrativo, financiero y procesal de la Universidad de Salamanca |
Páginas | 131-169 |
EL SISTEMA DE CONCURRENCIA
EN CASTILLA Y LEÓN
Juan José Rastrollo Suárez
Investigador del departamento de derecho administrativo, financiero y procesal
de la Universidad de Salamanca
En el presente trabajo se pretende abordar una figura característica del or-
denamiento urbanístico castellano y leonés a la luz de la reciente aprobación
de la Ley de Medidas sobre Urbanismo y Suelo y teniendo en cuenta además
la última normativa jurídica que puede afectar a su desarrollo, como el Texto
Refundido de la Ley del Suelo de 2008 o la Ley de Contratos del Sector Público
de 2007.
Dicho análisis, que se extiende también a la observancia del fenómeno de la
iniciativa privada en la gestión urbanística, se lleva a cabo además teniendo
presente la coyuntura económica que en la actualidad vive nuestro país e in-
corporando diversas referencias al derecho autonómico comparado.
SUMARIO
1. INTRODUCCIÓN.
2. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO.
2.1. El Proyecto de Actuación.
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DERECHO AUTONÓMICO
3. EL INTERÉS GENERAL EN LA LEY DELSUELO. LA COBERTURA CONSTITU-
CIONAL.
4. LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
5. LA INICIATIVA PRIVADA EN LOS SISTEMAS DE GESTIÓN URBANÍSTICA.
Juan José Rastrollo Suárez
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DERECHO AUTONÓMICO
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León.
DA Documentación Administrativa.
PU Práctica Urbanística
RJUAM Revista Jurídica de la Universidad Autó-
noma de Madrid.
RUCyL Reglamento de Urbanismo de Castilla y
León.
RDU Revista de Derecho Urbanístico y Medio
Ambiente.
de las Administraciones Públicas.
LUCyL Ley de Urbanismo de Castilla y León.
Listado de abreviaturas utilizadas:
1. INTRODUCCIÓN
Uno de los dos sistemas de gestión urbanística contemplados en la normati-
va de urbanismo de Castilla y León que no cuenta con una referencia directa
en la normativa estatal es el sistema de concurrencia, al que la Ley 5/1999, de
8 de abril, de Urbanismo de la comunidad de Castilla y León destinaba la sec-
ción quinta del capítulo III del título III, como también lo hace la Ley de Medi-
que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, en la sección
IV del capítulo IV de su título III, dedicado a la gestión urbanística.
Este sistema de gestión urbanística, como el resto de los previstos por el le-
gislador castellano y leonés, tendrá la función de llevar a cabo —aprobado el
planeamiento de desarrollo que delimita las unidades de ejecución— «la eje-
cución de las determinaciones de aquél y la materialización del contenido del
Proyecto de Actuación, tanto en su vertiente de instrumento para la urbaniza-
ción de los terrenos, como para la reparcelación de los mismos, con adjudica-
ción de las parcelas resultantes a quien corresponda, sea a la Administración
actuante, en concepto de cesiones obligatorias y gratuitas, o a sus antiguos
propietarios» (1).
El sistema de concurrencia, al igual que el sistema de concierto, es un siste-
ma relativamente novedoso dentro de la legislación urbanística española, ya
que si bien no encontramos referencia alguna en relación con él en la legisla-
ción estatal, sí que podemos equiparar esta figura —salvando las evidentes
distancias— con las del agente urbanizador de la Comunidad Valenciana, y
otras de naturaleza muy similar que encontramos en las legislaciones caste-
llano-manchega, extremeña o murciana, siendo en la Región de Murcia pre-
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1. Ob. cit., QUINTANA LÓPEZ T.: Manual básico de derecho urbanístico de Castilla y León, 2.ª ed., Tirant lo
blanch, Valencia, 2007, p. 114.
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