SAP Santa Cruz de Tenerife 438/2007, 17 de Diciembre de 2007

PonenteEUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS
ECLIES:APTF:2007:2659
Número de Recurso425/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución438/2007
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA

5

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA.- CIVIL

SANTA CRUZ DE TENERIFE

SENTENCIA Nº 438 / 2007

Recurso nº 425/07

Autos nº 745/06

Juzgado de Primera Instancia Núm. Nueve de Santa Cruz de Tenerife

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Don José Ramón Navarro Miranda

MAGISTRADOS

Don Eugenio Santiago Dobarro Ramos

Don Modesto Blanco Fernández del Viso

============================

En Santa Cruz de Tenerife, a diecisiete de diciembre de dos mil siete.

Visto, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio ordinario, por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO NUEVE DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, seguidos a instancia de DOÑA Edurne, representada por el Procurador DOÑA TERESA MEDINA MARTIN, y dirigido por el Abogado DOÑA MIRIAM VERA SANTOS, y como demandada HELVETIA PREVISION SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el Procurador DOÑA RENATA MARTIN VEDDER, y dirigida por el Abogado DON FELIX POGGIO FERNANDEZ, y DON Bruno, en rebeldía, ha pronunciado EN NOMBRE DE S. M. EL REY, la presente resolución siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Eugenio Santiago Dobarro Ramos, con base en los siguientes:

H E C H O S
PRIMERO

En el procedimiento indicado, por el ILMO. SR. MAGISTRADO -JUEZ DOALVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE, se dictó sentencia el día nueve de marzo de dos mil siete, con los siguientes pronunciamientos a efectos del recurso,

FALLO

"QUE ESTIMANDO COMO ESTIMO PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora Doña Teresa Medina, en nombre y representación de Doña Edurne, contra Don Bruno, en situación procesal de rebeldía, y Helvetia Previsión SA DEBO CONDENAR Y CONDENO a ambos a abonar solidariamente a aquella la cantidad de dieciocho mil doscientos diecisiete euros con ochenta y nueve céntimos de euro (18.217,89 €) con los intereses correspondientes y sin especial pronunciamiento sobre costas.

(...)

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

SEGUNDO

Así, notificada la anterior sentencia por la parte demandante se formuló recurso de apelación, evacuándose el traslado oponiéndose por la otra parte, remitiéndose seguidamente lo actuado a esta Sección previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Seguido el correspondiente trámite del recurso en la alzada, se personaron en tiempo y forma las partes, la apelante DOÑA Edurne, representada por el Procurador DOÑA TERESA MEDINA MARTIN, y la demandada HELVETIA PREVISION SA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por el Procurador DOÑA RENATA MARTIN VEDDER. Se señaló para votación y fallo, que tuvo lugar el día once de diciembre de dos mil siete. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Eugenio Santiago Dobarro Ramos,

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la parte actora apelante se solicita la revocación parcial de la sentencia en base a lo ya alegado y, sustancialmente, que en cuanto a las secuelas deben de ser valoradas en los 18 puntos solicitados y no el los 4 puntos de la sentencia. Respecto de los gastos ocasionados deben de comprenderse los reclamados por medicamentos, los ocasionados por la necesidad de valerse de una asistenta por los vértigos y dolores que le impedían realizar las labores domésticas, y que los taxis fueron precisos para desplazarse a los distintos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR