SAP Barcelona, 8 de Mayo de 2000

PonenteAMELIA MATEO MARCO
ECLIES:APB:2000:5726
Número de Recurso1058/1999
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JOSE MIGUEL FONTCUBERTA DE LA TORRE

D. VICTORIANO DOMINGO LOREN

Dª. AMELIA MATEO MARCO

En la ciudad de Barcelona, a ocho de mayo de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía, número 276/98 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Vic , a instancia de D/Dª. Luis Andrés y EURO-SPAIN DE PROM. HOTELERAS; S.A. representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Narciso Ranera y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª. Ana Valls, contra D/Dª. Elsa , representado/a Por el/la Procurador/a D/Dª. Alicia Barbany, y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª. Santiago Casan; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por D/Dª. Luis Andrés y Euro-Spain de Prom. Hoteleras; S.A. contra la Sentencia dictada en los mismos el día 6 de septiembre de 1999 , por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales Don Mariano Canadell Castañer, en nombre y representación de la entidad "EURO- SPAIN DE PROMOCIONES HOTELERAS, S.A.", y de Don Luis Andrés , contra Doña Elsa de todas las pretensiones contra ella ejercitadas. Todo ello sin expresa condena en costas.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de lavista pública el día 3 de mayo de dos mil, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo./a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. AMELIA MATEO MARCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se rechazan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

Se ejercita por EURO-SPAIN DE CONSTRUCCIONES HOTELERAS S.A., propietaria de dos fincas colindantes con la de la demandada, y Don Luis Andrés , pastor de profesión, acción confesoria de servidumbre de paso para poder acceder a las fincas de aquélla a través de la de la demandada tanto la demandante como los distintos vecinos de Santa María de Besora.

La demandada es propietaria de la finca denominada "Mas Pla de Besora", en el término de Santa María de Besora, y la actora Euro-Spain de la denominada "Manso Rabell" y del Castillo de Besora, ambas colindantes con aquélla y a las que se accedía, según los actores desde tiempo inmemorial, por el antiguo "cami ral" que unía las localidades de Santa María de Besosa y la vecina Montestuiu, el cual discurriendo por el interior del "Mas Pla de Besora" se dirige en primer lugar al Castillo de Besora y sigue hasta la denominada "Vaga del Rabell" de la finca "Mas Rabell", y que ha sido cerrado con una cadena por la actual propietaria.

La demandada se opuso a dicha pretensión argumentando que el camino que atraviesa su finca sólo es practicable en vehículo hasta la edificación existente en la misma, y que a partir de ahí sólo hay un sendero que permite alcanzar la "Vega del Rabell" a pie, pero...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR