Acuerdo de 8 de septiembre de 1983 de Cooperación Turística entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República Italiana, hecho en Madrid.
Marginal | BOE-A-1983-26510 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores |
Rango de Ley | Acuerdo |
Acuerdo de Cooperación Turística entre el Gobierno de España y el Gobierno de la República Italiana
El Gobierno de España y el Gobierno de la República italiana,
Deseosos de establecer una más activa cooperación en el campo del turismo, entendido como fenómeno a desarrollar en los dos sentidos,
Convencidos de la oportunidad de acciones paralelas o conjuntas para realizar la mencionada cooperación,
Basándose en los principios de liberalización proclamados por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Turismo y Viajes Internacionales, celebrada en Roma en 1963, y en los que fundamentan la actividad que desarrolla la Organización Mundial del Turismo (OMT),
Han convenido lo siguiente:
Los dos Gobiernos fomentarán una permanente colaboración entre las respectivas Administraciones Centrales competentes para el turismo y promoverán la cooperación entre todos los otros Organismos, públicos y privados, que en el ámbito territorial de cada uno de los dos paises desarrollan actividades que se refieren al turismo.
Ambos Gobiernos examinarán de común acuerdo las formalidades, los controles y demás normas relativas al paso de ambas fronteras y se esforzarán por lograr, en las materias que son objeto de compromisos internacionales ya suscritos por las dos Partes, niveles de liberalización análogos.
Ambos Gobiernos promoverán el estudio y la realización de proyectos que mejoren, desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo, los enlaces sobre todo aéreos y marítimos entre los dos países.
Ambos Gobiernos intercambiarán periódicamente informaciones y experiencias en materias turísticas.
Se favorecerán las visitas de expertos, ya sean individuales o colectivas.
Cada una de las Partes examinará con gran atención las propuestas que la otra Parte considere oportuno formular, ya sea en la participación eventual de expertos y técnicos en el desarrollo de construcciones turísticas receptivas o en lo que concierne a las financiaciones, proyectos, construcciones y abastecimientos.
Ambos Gobiernos fomentarán el intercambio entre los dos países y el conocimiento de las recíprocas atracciones turísticas y culturales.
Se estudiarán, asimismo, iniciativas promocionales conjuntas para desarrollar...
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