SAP León 109/2006, 19 de Mayo de 2006

PonenteLUIS ADOLFO MALLO MALLO
ECLIES:APLE:2006:564
Número de Recurso57/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución109/2006
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

LUIS ADOLFO MALLO MALLOMIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZMARIA DEL PILAR ROBLES GARCIA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

SENTENCIA: 00109/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION TERCERA

LEON

Apelación Civil núm. 57/06

Autos de Modificac. de Medidas Definiti.877/05

Juzgado de 1ª Instancia nº.7 de León.

S E N T E N C I A Nº. 109/06

Iltmos. Sres.

D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO. Presidente

D. MIGUEL ÁNGEL ÁMEZ MARTÍNEZ . Magistrado

D. Mª DEL PILAR ROBLES GARCIA.- Magistrada.

En León, a diecinueve de Mayo de dos mil seis.

VISTO ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido apelante D. Carlos Daniel, representado por la Procuradora Dª Cristina de Prado Sarabia, y dirigido por la Letrada Dª Mª Teresa Berciano Vega; y apelados Dª Mercedes, representada por la Procuradora Dª Susana Belinchón García y dirigida por el Letrado D. Victoriano Herrero Fresno; y el MINISTERIO FISCAL. Actuando como Magistrado Ponente para este trámite el Ilmo Sr. D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº. 7 de León dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "Que estimando como estimo parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora Sr. D. Susana Belinchón García, en nombre y representación de Sr. D. Mercedes, y asistida del Letrado Sr. D. Victoriano Herrero Fresno, contra Sr. D. Carlos Daniel, representado por la procuradora Sr. D. Cristina de Prado Sarabia, y asistida de la letrada sr. D. María Teresa berciano, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas: 1) Se fija la cuantía de los alimentos a favor de la menor en la cantidad de 240¤ mensuales, que serán revalorizables anualmente conforme al IPC.-2) Los gastos ortopédicos y de libros que necesite la menor serán por cuenta de Carlos Daniel hasta que cumpla la menor Romeo 16 años para posteriormente ser sufragados los citados gastos por partes iguales por Mercedes y Carlos Daniel.-3) Los gastos extraordinarios médicos, aquellos que no estén cubiertos por los seguros de ambos, serán sufragados por mitad por los dos, Mercedes y Carlos Daniel.- Todo ello sin hacer imposición de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia, que lleva fecha de 3-Nov.-05 se interpuso recurso por la parte apelante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites se señaló el día 15-Mayo-06 para deliberación.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales excepto el plazo para dictar sentencia previsto en el art. 465.1 LEC de 2000 , de imposible cumplimiento debido a la acumulación de asuntos anteriores y preferentes pendientes en este tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en tanto sean compatibles y no se contradigan con los que siguen.

SEGUNDO

Se promueve demanda por Dª Carlos Daniel para modificar el importe de la pensión de alimentos señalada a favor de la hija menor del matrimonio ( Romeo) y con cargo al padre (el demandado D. Carlos Daniel), fijada en la sentencia de separación (Sept.97) en 15.000ptas. mensuales, interesando se incremente en cuantía hasta 390 ¤ mensuales.

La Sentencia recaída en la instancia estima parcialmente la demanda fijando en 240 ¤ mensuales el importe de la pensión de alimentos a favor de la menor.

Contra dicha sentencia se interpone recurso de apelación por el demandado interesando se revoque y deje sin efecto.

TERCERO

Las medidas adoptadas en sentencia solo pueden ser modificadas cuando alteren sustancialmente las circunstancias existentes al tiempo de su adopción.

Como señala con reiteración la jurisprudencia emanada de las Audiencias Provinciales las medidas relativas a regular...

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