Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de abril de 2015, Rec. 175/2014

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Cálculo del complemento de la pensión de gran invalidez.

El art. 139.4 LGSS, según la redacción dad por la Ley 40/2007, establece que el complemento de la pensión de gran invalidez será equivalente al resultado de sumar el 45 por 100 de la base mínima de cotización vigente en el momento del hecho causante y el 30 por 100 de la última base de cotización del trabajador correspondiente a la contingencia de la que derive la incapacidad permanente, sin que en ningún caso el complemento pueda tener un importe inferior al 45 por 100 de la pensión percibida, sin el complemento, por el trabajador. En el supuesto enjuiciado para calcular el importe del complemento el INSS estima que antes de aplicar los porcentajes del 45%, y del 30% respectivamente, tanto la base mínima de cotización vigente en el momento del hecho causante como la última base de cotización correspondiente a la contingencia de la que derive la incapacidad, deben multiplicarse por 12 y dividirse por 14, ya que ha de entenderse que el complemento así regulado viene referido al periodo de un año, y como las bases expresadas incluyen la prorrata de las pagas extraordinarias, será preciso recalcular el complemento mediante la expresada operación aritmética al objeto de excluir de dicho complemento la citada parte proporcional de las pagas.

En el supuesto enjuiciado el Juzgado de instancia estimó que el cálculo del complemento de la pensión de gran invalidez no precisaba excluir las pagas extraordinarias de la base mínima de cotización ni de la última base de cotización, criterio que es revocado por el TSJ que aceptado el recurso del INSS mantiene que las bases citadas deben multiplicarse por 12 y dividir el resultado por 14, siendo ese el importe del complemento.

Recurrida la sentencia en casación unificada el TS estima el recurso y reiterando la doctrina mantenida en anteriores sentencias de 17 de enero de 2012, rec. 4351/2010 y 16 de junio de 2010, rec. 3774/2009, declara que el precepto interpretado...

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