Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de abril de 2017 (Sala Tercera, Sección 5, Ponente: César Tolosa Tribiño)

AutorDr. Fernando López Pérez
CargoInvestigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas87-90
www.actualidadjuridicaambiental.com
87
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 15 de junio de 2017
Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de abril de 2017 (Sala Tercera, Sección 5,
Ponente: César Tolosa Tribiño)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de
Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 1610/2017-ECLI:ES:TS:2017:1610
Temas Clave: Costas; Derecho de propiedad; Espacios naturales protegidos; Ordenación
de los recursos naturales
Resumen:
Con fecha de 15 de septiembre de 2015, el Tribunal Superior de Justicia de las Islas
Baleares dictó sentencia en la cual se estimaba el recurso interpuesto por una mercantil
contra la disposición del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Pollença que
declaraba la servidumbre de acceso al mar de través de un camino propiedad de la
recurrente. Pronunciamiento judicial que ya fue analizado en esta REVISTA.
De este modo, la Sala del TSJ de Islas Baleares, anulaba la previsión del PGOU que
habilitaba el paso a cualquier persona a una playa, en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 28.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. La razón de la anulación residía
en que, después de la aprobación del PGOU, se aprobó el Plan de Ordenación de los
Recursos Naturales (PORN) de la Serra de la Tramuntana, que calificaba como zona de
exclusión, no sólo varias partes del camino sobre el que se había constituido la servidumbre
peatonal, sino incluso la playa misma a la que se accedía. Por ello la Sala estimaba el recurso
contencioso-administrativo, decretando en la sentencia ahora recurrida en casación la
supresión de la servidumbre peatonal del PGOU, por cuanto el contenido de los PORN
debe prevalecer sobre los instrumentos de ordenación del territorio y urbanísticos.
Contra tal sentencia de instancia, se alza en casación el ayuntamiento de Pollença,
planteando varios motivos sustentadores de su pretensión anulatoria. Entre los mismos se
halla el concerniente a que en el recurso que inició el contencioso-administrativo, la
mercantil recurrente había efectuado un recurso indirecto contra el PGOU de forma
incorrecta, vulnerando la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, por
cuanto no había ciertamente un acto de aplicación de dicha disposición urbanística que
legitimara el recurso indirecto. El acto de aplicación que la entidad recurrente había
utilizado consistía en una solicitud de modificación del PGOU a fin de adaptarse al PORN
de la Sierra de la Tramuntana. Tal motivo es acogido por el Tribunal Supremo.
Pero al margen de admitir este motivo planteado por la representación del Ayuntamiento
de Pollença, casando por tanto la sentencia, el Tribunal Supremo se constituye a
continuación en Tribunal de instancia -así lo manifiesta expresamente en el F. 11-,
procediendo a analizar la solicitud de la mercantil propietaria de los terrenos realizada al
Ayuntamiento a fin de que éste procediese a adaptar su PGOU al PORN posterior,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR