Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 6 de mayo de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 2ª. Ponente: María Azucena Recio González)

AutorJennifer Sánchez González
CargoProfesora de Derecho Administrativo. Universidad de A Coruña
Páginas142-146
Recopilación mensual n. 125, Julio 2022
142
Galicia
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 5 de julio de 2022
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de 6 de mayo de 2022 (Sala de
lo contencioso administrativo. Sección 2ª. Ponente: María Azucena Recio González)
Autora: Jennifer Sánchez González. Profesora de Derecho Administrativo. Universidad de
A Coruña
Fuente: Roj: STSJ GAL 3194/2022 - ECLI: ES: TSJGAL:2022:3194
Palabras clave: Prórroga concesiones. Cómputo plazos. Dominio público. Costas.
Resumen:
La sentencia resuelve un recurso contencioso-Administrativo interpuesto por Stolt Sea Farm
SA, sociedad dedicada a la acuicultura marina, contra una resolución de la Consellería do Mar
de la Xunta de Galicia (23 junio 2020) por la que se desestima el recurso de reposición
interpuesto por la sociedad contra la resolución de la Jefatura Territorial de A Coruña de la
Consellería do Mar (14 noviembre 2019), por la que se otorgaba a dicha sociedad la prórroga
del permiso y concesión de actividad de su granja marina ubicada en Carnota (A Coruña)
hasta el 5 de diciembre de 2029. Son partes codemandadas la Consellería do Mar y la
Administración General del Estado.
La parte demandante solicita al órgano judicial que anule la resolución de 23 de junio de 2020
y se le reconozca el derecho a la prórroga “extraordinaria” de la concesión por un plazo de
50 años a contar desde el 12 de diciembre de 2019, con vencimiento el 12 de diciembre de
2069.
Los antecedentes de hecho se pueden resumir en los siguientes: En junio de 2019 se solicita
por la sociedad acuicultora la prórroga extraordinaria de su concesión, interesando la
ampliación del plazo en 50 años (art. 174.2.d) Reglamento de Costas). La Consellería do Mar
remite a la Demarcación de Costas la solicitud, a efectos de emisión de informe sobre la
ocupación de dominio público marítimo-terrestre. En octubre del mismo año, la Dirección
General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar informó favorablemente la prórroga hasta el
5 de diciembre de 2029, previo cumplimiento de la condición previa de presentación de
declaración responsable conforme las instalaciones se ajustan en su objeto, condiciones y
prescripción a la concesión. En el mes de noviembre, Stolt aceptó la condición previa,
mediante la aportación de la declaración requerida, y de la prórroga, solicitando la
rectificación del plazo, al entender que dicho plazo no se ajustaba a Derecho. En el mismo
mes, la Consellería otorgó a la sociedad la prórroga hasta el 29 de diciembre de 2029, siendo
recurrida por considerar que procede un plazo de 50 años. En marzo de 2020, la Consellería
do Mar solicita informe a la Vicesecretaría Xeral sobre el recurso de reposición presentado
por Stolt, destacando que se trata de un centro de gran interés (tanto por el interés económico
que supone, como por los proyectos y subvenciones percibidas). El 23 de marzo, la
Vicesecretaría Xeral emitió informe solicitando a la Dirección General que rectificase su
informe de octubre y reconociese el derecho a la prórroga extraordinaria de 50 años

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