Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla ? La Mancha de 7 de junio de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Constantino Merino González)

AutorMaría Pascual Núñez
Páginas96-98
Recopilación mensual n. 120, Febrero 2021
96
Tribunal Superior de Justicia (TSJ)
Castilla-La Mancha
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 15 de febrero de 2022
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 7 de junio de
2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Constantino
Merino González)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de
Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1753/2021 - ECLI:ES:TSJCLM:2021:1753
Palabras clave: Residuos animales. Subproductos animales. SANDACH. Autorizaciones y
licencias. Vertidos.
Resumen:
El pronunciamiento de autos versa sobre la confirmación de una sentencia que en primera
instancia dio validez a la Resolución del Ayuntamiento de Villacañas, de 2 de agosto de 2017,
por la que se adoptó la medida provisional de cese de la actividad consistente en un almacén
de residuos alimentarios, así como y la clausura de las instalaciones.
De la relación de hechos destaca que se apreciaron indicios de riesgo para la salud pública y
el medio ambiente desde el inicio de la actividad. Ello se constata en diversos informes
técnicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto como el almacén de residuos
alimentarios constituye un foco de contaminación que ocasiona molestias por olores a los
vecinos y colindantes.
A 22 de noviembre de 2017, el referido Ayuntamiento declaró la pérdida sobrevenida del
objeto que motivó la revocación de la licencia de actividad de dicho almacén de 17 de marzo
de 2016.
Se constata que la instalación producía malos olores provenientes de la carne en
descomposición, que no fue almacenada ni gestionada debidamente. Asimismo, se constatan
deficiencias en el sistema de limpieza de las instalaciones y de los contenedores. En concreto,
que las aguas y los productos químicos empleados se vertían a una laguna situada en un
Espacio Natural.
La Sala recuerda que su cometido es examinar el pronunciamiento del juzgador a quo y valorar
la actividad probatoria. Pues bien, deduce de los informes obrantes que la actividad se llevaba
a cabo contraviniendo los términos y condiciones de la licencia de actividad, teniendo como
consecuencia la producción de olores molestos.
Por ello, desestima el recurso planteado por la actora.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR