Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya de 29 de mayo de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Javier Bonet Frigola)

AutorDra. Aitana de la Varga Pastor
CargoProfesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d'Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Páginas103-105
www.actualidadjuridicaambiental.com
103
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 21 de diciembre de 2017
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya de 29 de mayo de 2017
(Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Javier Bonet Frigola)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora Agregada de Derecho Administrativo de
la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de
Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STSJ CAT 6716/2017 - ECLI:ES:TSJCAT:2017/6716
Temas Clave: contaminación acústica; derechos fundamentales; inviolabilidad domiciliaria;
derecho a la intimidad privada
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo, en concreto, recurso de
apelación, contra la Sentencia de fecha 30 de noviembre de 2016 del Juzgado Contencioso
Administrativo núm. 8 de Barcelona, que desestimó el recurso contencioso administrativo
para la protección de los derechos fundamentales de la persona, interpuesto contra la
inactividad del AJUNTAMENT DE OLVÁN en el control y corrección de la
contaminación acústica que genera la empresa Serradora Cunill SL, ubicada al norte de la
ciudad de Gironella, en la entrada del municipio de Olván, carretera C-16, por lesionar los
derechos fundamentales a la integridad física y moral ( art 15CE ), a la intimidad personal y
familiar ( art 18CE ), y a la inviolabilidad del domicilio ( art 18.2CE ).
La pretensión de la actora se fundamenta en la vulneración de derechos fundamentales por
contaminación acústica, pretensión que será estimada por el Tribunal. Los ruidos
denunciados provienen de una empresa y provocan molestias a los vecinos de una vivienda
cercana.
En este proceso, por una parte queda probado que se han superado los niveles de ruido
permitidos y por otra parte, que ha habido una intromisión en la vivienda, vulnerando los
derechos fundamentales protegidos.
El Tribunal hace un repaso extenso de las Sentencias del TC, como es por ejemplo la STC
16/2004, de 23 de febrero, y del TEDH la Sentencia conocida como López Ostra, y el
caso Powell y Rayner contra el Reino Unido, entre otros - en la materia para
posteriormente hacer una aplicación al caso que se le presenta. Se detiene en reproducir
ciertos párrafos relevantes de la STEDH de 18 de octubre de 2011. Tras analizar el caso
concreto estima parcialmente el recurso de apelación puesto que no estima la
indemnización reclamada - y declara que la empresa ha vulnerado sus derechos
fundamentales a la integridad física y moral (artículo 15CE) y a la intimidad personal y
familiar y a la inviolabilidad del domicilio (artículo 18CE), debiendo dicha Administración
municipal, adoptar cuantas medidas sean necesarias, incluido si procede, el cierre de la
actividad, para hacer cesar los niveles de ruido existentes en la empresa SERRADORA
CUNILL, SL, situada en el término municipal.
Destacamos los siguientes extractos:

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