Sentencia del Segundo Tribunal Ambiental dictada en causa 'Oceana INC. / Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (Res. Exenta N°11 de fecha 12 de febrero de 2020)', Rol N°237-2020, de 13 de mayo de 2021: Deja sin efecto aumento de cuota de sobrepesca de merluza austral

AutorPilar Moraga Sariego/José Illanes Vergara
CargoProfesora Titular, Subdirectora del Centro de Derecho Ambiental, Universidad de Chile/Ayudante del Centro de Derecho Ambiental, Universidad de Chile
Páginas247-251
Recopilación mensual n. 114, julio 2021
247
Iberoamérica
Chile
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 29 de julio de 2021
Sentencia del Segundo Tribunal Ambiental dictada en causa
“Oceana INC. /
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (Res. Exenta N°11 de fecha 12 de
febrero de 2020)
”, Rol N°237-2020, de 13 de mayo de 2021: Deja sin efecto aumento
de cuota de sobrepesca de merluza austral
Autores: Pilar Moraga Sariego, Profesora Titular, Subdirectora del Centro de Derecho
Ambiental, Universidad de Chile
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Autor: José Illanes Vergara, Ayudante del Centro de Derecho Ambiental, Universidad de
Chile.
Fuente: Sentencia Segundo Tribunal Ambiental, Rol N°237-2020
Palabras clave: Principio Precautorio. Instrumentos de Gestión Ambiental. Cuotas de
sobrepesca.
Resumen:
En Chile, la ONG Oceana Inc. interpone una reclamación judicial en el Segundo Tribunal
Ambiental, en virtud del artículo 17 N°8 de la Ley 20.600, que crea los Tribunales
Ambientales. La reclamación se interpone en contra de la Resolución Exenta N°11, de 12 de
febrero de 2020, dictada por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Ministerio
de Economía”), en que este organismo público rechazó la solicitud de invalidación del
Decreto Exento N°546 (“D.E. N°546/2018”), de 28 de diciembre de 2018, que a su vez,
modificó el Decreto Exento N°459 (“D.E. N°459/2018”), de 16 de noviembre de 2018, que
establecía cuotas anuales de captura para unidades de pesquería de recursos demersales,
sometidas a licencias transables de pesca, del año 2019.
El Ministerio de Economía fijó a través del D.E. N°459 cuotas anuales de pesca para el año
2019 para las unidades de pesquería de la merluza austral en 14.800 toneladas totales. Sin
perjuicio de esto, a través del D.E. N°546/2018 se modificó la anterior resolución, en cuanto
se aumentó la cuota de pesca por 19.537 toneladas, aumentando a su vez el nivel de riesgo
de un 36% a un 42 %. La reclamación judicial interpuesta por Oceana Inc. pretende, que se
deje sin efecto este aumento en la cuota de pesca y en el nivel de riesgo.
La reclamante funda su pretensión en que el Comité de Manejo no tendría las competencias
legales para poder determinar el nivel de riesgo que le corresponde al plan de manejo de la
merluza del sur, sino que ésta sería una atribución exclusiva del Comité Científico Técnico.
A su vez, estima que la decisión de modificar la cuota anual de pesca de merluza del sur, y a
su vez el nivel de riesgo, no estaría fundamentada adecuadamente por antecedentes
científicos suficientes que permitieran dar sustento a la decisión modificatoria.
1
Se agradece a los Proyectos ANID/FONDAP N°1511019 y N°1511009.

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