RESOLUCIÓN GAP/250/2010, de 1 de febrero, de convocatoria del proceso selectivo para proveer 12 plazas del cuerpo de abogacía (subgrupo A1) de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 187).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

GAP/250/2010, de 1 de febrero, de convocatoria del proceso selectivo para proveer 12 plazas del cuerpo de abogacía (subgrupo A1) de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 187).

Visto el Acuerdo GOV/177/2009, de 27 de octubre, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, publicado en el DOGC núm. 5500, de 9.11.2009, que aprueba la oferta de empleo público parcial para el año 2009 de 12 plazas del cuerpo de abogacía (subgrupo A1) de la Generalidad de Cataluña;

Visto lo que determina la Ley 7/1996, de 5 de julio, de organización de los servicios jurídicos, y modificaciones posteriores, y el Decreto 57/2002, de 12 de febrero, de modificación del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Visto lo que dispone la Orden GRI/121/2003, de 14 de marzo, por la que se aprueba la tramitación telemática del procedimiento de participación en las convocatorias de procesos selectivos para el acceso a determinados cuerpos de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Visto lo que dispone la Resolución GAP/1417/2007, de 25 de abril, de delegación de competencias del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas (DOGC núm. 4884, de 16.5.2007), y de acuerdo con lo que establece el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Convocar el proceso selectivo para proveer 12 plazas del cuerpo de abogacía (subgrupo A1) de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 187), de conformidad con lo que se establece en el Decreto 57/2002, de 19 de febrero, de modificación del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, con el contenido de las bases específicas recogidas en el anexo 1, y de las bases generales publicadas por la Resolución GAP/1644/2007, de 28 de mayo, de la directora general de Función Pública (DOGC núm. 4898, de 6.6.2007; corrección de erratas en el DOGC núm. 4912, de 26.2.2007), modificadas por la Resolución GAP/2765/2007, de 10 de septiembre (DOGC núm. 4970, de 18.9.2007), en todo aquello que no se oponga a las bases específicas.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante la directora general de Función Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación al DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 1 de febrero de 2010

P. D. (Resolución GAP/1417/2007, DOGC de 16.5.2007)

Leonor Alonso i González

Directora general de Función Pública

Anexo 1

Bases específicas

.1 Descripción de las plazas y de los temarios

1.1 Descripción de las plazas.

Es convoca el proceso selectivo de libre acceso para proveer 12 plazas del cuerpo de abogacía (subgrupo A1) de la Generalidad de Cataluña. De estas plazas, 1 se reserva a los aspirantes con la condición legal de discapacidad reconocida.

En el caso que la plaza reservada a las personas aspirantes con la condición legal de discapacidad no se cubra, se acumulará al resto de plazas.

Las funciones que corresponden a las personas funcionarias del cuerpo de abogacía (subgrupo A1) de la Generalidad de Cataluña son las establecidas por la Ley 7/1996, de 5 de julio, de organización de los servicios jurídicos y modificaciones posteriores, y por el Decreto 57/2002, de 12 de febrero, de modificación del Decreto 257/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios jurídicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, junto con la descripción orientativa de las tareas a desarrollar que constan en la dirección de Internet http://www.gencat.cat/governacio-ap/administracio/ofe-conv.htm.

Hasta la resolución de esta convocatoria, no se pueden amortizar, transformar ni modificar sustancialmente las plazas convocadas, si no es en cumplimiento de las normas de procedimiento administrativo.

1.2 Temario.

El temario sobre el que versarán las pruebas y ejercicios del presente proceso selectivo es el aprobado por la Resolución GAP/1954/2006, de 8 de junio (DOGC núm. 4656, de 16.6.2006).

.2 Requisitos y condiciones de las personas participantes

2.1 Requisitos de titulación.

Las personas que participen en este proceso selectivo han de estar en posesión de la titulación de licenciatura en derecho o de grado correspondiente.

2.2 Lengua catalana.

Estar en posesión de conocimientos de nivel de suficiencia de lengua catalana (C) que establece el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR