ORDEN GRI/320/2012, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para seleccionar operaciones de los entes locales susceptibles de cofinanciamiento por el FEDER Cataluña 2007-2013, ejes 2 y 4, y se abre la convocatoria para presentar solicitudes.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

La Decisión de la Comisión Europea, de 7 de diciembre de 2007, por la que se adopta el Programa operativo de intervención comunitaria del Fondo europeo de desarrollo regional en el marco del objetivo de competitividad regional y ocupación de Cataluña, establece los ejes prioritarios a partir de la correspondencia entre los objetivos intermedios del Programa operativo de Cataluña y las directrices estratégicas comunitarias para los fondos estructurales 2007-2013.

De acuerdo con el artículo 3.2 del Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio, el objetivo de competitividad regional y ocupación perseguirá incrementar la competitividad y el atractivo de las regiones, así como su nivel de ocupación, por medio de la previsión de los cambios económicos y sociales, aumentando y mejorando la calidad de la inversión en capital humano, la innovación, la difusión de la sociedad del conocimiento, el fomento del espíritu empresarial, la protección y mejora del medio ambiente, la accesibilidad, la adaptabilidad de los trabajadores y las empresas, y el desarrollo de mercados laborales no excluyentes.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 42 y siguientes del Decreto 326/2011, de 26 de abril, de reestructuración del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, a la Dirección General de Administración Local le corresponden funciones de asistencia y cooperación con el mundo local; además, como organismo responsable del tramo local del Programa operativo FEDER Cataluña 2007-2013, es la unidad encargada de proyectos locales, nombrada órgano intermediario, y la encargada de la gestión, el seguimiento y el control de esta parte específica del FEDER que tiene como beneficiarios a los entes locales, de acuerdo con las funciones que le otorga el Decreto mencionado.

En este marco competencial, y teniendo en cuenta la valoración globalmente positiva de la convocatoria, el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales aprueba la abertura de una nueva línea de ayudas dentro del Programa operativo FEDER Cataluña 2007-2013, eje 2 (Medio ambiente y prevención de riesgos) y eje 4 (Desarrollo sostenible local y urbano).

En el título VI del Reglamento CE 1083/2006 y en el apartado 4º de la Decisión de la Comisión Europea de 7 de diciembre de 2007, se designan las autoridades encargadas de la gestión, el seguimiento y el control del Programa operativo correspondiente a Cataluña, que son: la Subdirección General de Administración del FEDER, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, como autoridad de gestión designada por el Estado español para gestionar el programa operativo; la Subdirección General de Certificación y Pagos, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, como autoridad de certificación designada por el Estado español para certificar las declaraciones de gastos y las solicitudes de cobro ante la Comisión Europea; la Intervención General de la Administración del Estado, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, como autoridad de auditoría designada por el Estado español para verificar el funcionamiento efectivo del sistema de gestión, sin perjuicio de los cometidos descritos en el Programa operativo FEDER de Cataluña 2007-2013, que llevará a cabo la Intervención General de la Generalidad de Cataluña; la Dirección General de Asuntos Económicos del Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalidad de Cataluña, como organismo intermedio designado por el Gobierno de Cataluña, de acuerdo con el artículo 59.2 del Reglamento (CE) 1083/2006, para ejecutar los cometidos de la autoridad de gestión que prevé el artículo 60 del mismo Reglamento dentro de su ámbito de actuación, recogidas en el Programa operativo FEDER de Cataluña 2007-2013, y, finalmente, la Dirección General de Administración Local del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales de la Generalidad de Cataluña, que, como organismo responsable del tramo local del Programa operativo FEDER Cataluña 2007-2013, es el coordinador de proyectos locales, nombrado órgano intermediario y encargado de la gestión, el seguimiento y el control de esta parte específica del FEDER que tiene como beneficiarios los entes locales de Cataluña, de acuerdo con las funciones que le otorga el Decreto 326/2011, de 26 de abril, de reestructuración del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales.

Esta Orden aprueba las bases generales de la tercera convocatoria para la selección de operaciones de los entes locales de Cataluña susceptibles de ser subvencionados con relación a los ejes prioritarios 2 y 4 del Programa operativo FEDER Cataluña 2007-2013, que son las siguientes:

Eje 2, Medio Ambiente y prevención de riesgos.

Eje 4, Desarrollo sostenible local y urbano.

En virtud de las facultades que me otorga el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras para seleccionar operaciones de los entes locales susceptibles de ser cofinanciados por el FEDER Cataluña 2007-2013, ejes 2 (Medio ambiente y prevención de riesgos) y 4 (Desarrollo sostenible local y urbano), que constan en los anexos de esta Orden.

Artículo 2

Abrir la convocatoria para presentar solicitudes de operaciones susceptibles de cofinanciamiento por el Programa operativo FEDER Cataluña 2007-2013, ejes 2-4.

Artículo 3

3.1 El importe global destinado a esta convocatoria por el Programa operativo FEDER Cataluña 2007-2013, ejes 2 y 4, es de 4.830.000 euros.

3.2 Los importes por ejes que se podrán asignar son los siguientes:

Eje 2, Medio Ambiente y prevención de riesgos: 1.175.000 euros.

Eje 4, Desarrollo sostenible local y urbano: 3.655.000 euros.

El importe destinado para esta convocatoria para el eje 4, desarrollo sostenible local y urbano, se podrá ampliar hasta un máximo de 6.000.000 de euros, en caso de que la disposición económica se ampliara hasta el momento de su resolución.

En estos ejes se priorizarán las operaciones que se enmarquen en los ámbitos siguientes:

  1. Eje 2:

    2.50. Rehabilitación de zonas industriales y terrenos contaminados.

    2.53. Prevención de riesgos, incluidas la elaboración y aplicación de planes y medidas para prevenir y gestionar los riesgos naturales y tecnológicos.

  2. Eje 4:

    4.57. Otras ayudas para mejorar los servicios turísticos.

    4.58. Protección y conservación del patrimonio cultural.

    4.61. Proyectos integrados para la regeneración urbana y rural.

Artículo 4

Las solicitudes se tienen que presentar en el lugar y de la manera que indican las bases reguladoras, a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Orden y hasta el 19 de diciembre de 2012.

Artículo 5

El director general de Administración Local es el órgano competente para resolver sobre esta convocatoria.

Artículo 6

Las operaciones objeto de esta convocatoria no pueden haberse iniciado antes del 1 de enero de 2007 y tendrán que estar ejecutadas y pagadas el 31 de diciembre de 2014.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, los entes locales pueden interponer recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, según lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Asimismo, con carácter previo, los entes locales pueden formular requerimiento delante de la consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales en el plazo de dos meses a contar de la publicación, de acuerdo con lo que establece el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 18 de octubre de 2012

Joana Ortega i Alemany

Consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales

Anexo 1

Bases reguladoras

—1 Objeto

Estas bases tienen como objeto establecer los requisitos y el procedimiento para seleccionar los proyectos de los entes locales de Cataluña susceptibles de cofinanciamiento por el Programa operativo FEDER Cataluña 2007-2013, ejes 2 y 4, que constan en la base 3.

—2 Entes beneficiarios

2.1 Pueden ser entes beneficiarios de los proyectos susceptibles de ser incluidos en el Programa operativo Cataluña 2007-2013, ejes 2 y 4, los entes locales de Cataluña definidos en los artículos 1 y 2 del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, y los consorcios que prevén los artículos 269 y siguientes de esta misma disposición.

2.2 Los entes beneficiarios serán, con carácter general, los ejecutores de cada uno de los proyectos, salvo los casos en que, en virtud de su facultad de autoorganización y en el marco de los acuerdos correspondientes, el ente beneficiario decida que la operación la ejecuten otros entes públicos. En este caso, la existencia de un ente ejecutor diferente del beneficiario se tendrá que comunicar en el momento de presentar la solicitud.

En este sentido, y en caso de que las operaciones sean ejecutadas por un ente público distinto del beneficiario, este ente ejecutor tendrá que realizar la totalidad de la operación con medios propios o bien tendrá que contratar el conjunto de las tareas adscritas a la operación, con la condición que en ningún caso el ente ejecutor puede delegar por segunda vez esta ejecución en otro ente. Asimismo, y en relación con la...

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