SAP Málaga 150/2007, 19 de Marzo de 2007
Ponente | JOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA |
ECLI | ES:APMA:2007:503 |
Número de Recurso | 24/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 150/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
S E N T E N C I A Nº 150
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCION CUARTA
ILUSTRISIMO SR
PRESIDENTE
D.MANUEL TORRES VELA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE MARBELLA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 24/2007
JUICIO Nº 616/2005
En la Ciudad de Málaga a diecinueve de marzo de dos mil siete.
Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso AXA AURORA IBERICA, S.A. que en la instancia fuera parte demandada. Es parte recurrida HELVETIA PREVISION SA y HOLLDING VICANCO (BEVOX MARBELLA) que está representado, la primera de ellas, por el Procurador D. MATEO CROSSA ROSA MARIA y defendido por el Letrado D. ENRIQUE AGUERA LORENTE, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 6-7-06, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando totalmente la demanda interpuesta por la entidad Helvetia Previsión Española S.A. contra las entidades Holding Vivanco y A.X.A. Seguros, condeno a estas, de forma conjunta y solidaria, a pagar a la actora la cantidad de 3.123,59 € (tres mill ciento veintitres euros con cincuenta y nueve centimos), más el interes legal de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda hasta la fecha de esta sentencia, aplicandose a partir de este última lo dispuesto por el art.576 de la N.L.L.EC ; condenandolas, igualmente, al pago de las costas procesales causadas".
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 14-3-07 quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.
Por la representación procesal de la entidad Axa Ibérica S.A., que comparece en calidad de apelante, se alega que ha existido error en la valoración de la prueba, ya que en cuanto a la reclamación reclamada de contrario existe una pluspetición, tal y como quedó acreditado en el acto del juicio, al aumentar los daños en la vivienda por la dejadez del asegurado, considerando la entidad recurrente que los daños originados por el siniestro tenían un montante de 1.435,10 €, allanándose a la citada cantidad. Por todo lo expuesto solicita que se revoque la resolución recurrida y se dicte otra por la que se estime el allanamiento parcial por la cantidad anteriormente citada, desestimando el resto de los pedimentos solicitados de contrario, sin intereses y expresa condena en costas a la actora.
Por la representación procesal de la entidad Helvetia Previsión S.A., se presentó escrito de oposición al recurso...
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