SAP Badajoz 251/2007, 6 de Julio de 2007

PonenteFIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ
ECLIES:APBA:2007:688
Número de Recurso371/2007
Número de Resolución251/2007
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

BADAJOZ

SENTENCIA: 00251/2007

SENTENCIA Nº:251/07

ILMOS SRS MAGISTRADOS:

D. CARLOS CARAPETO MÁRQUEZ DE PRADO

D. FERNANDO PAUMARD COLLADO

Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMÍNGUEZ

Procedimiento Ordinario. Autos nº:956/06. Juzgado de 1ª Instancia de Badajoz nº: 3.

Recurso nº:371/07

En Badajoz a 6 de Julio de 2007.

La Sección 2ª de la Ilma. Audiencia Provincial de BADAJOZ ha visto en grado de apelación, los Autos de Juicio Ordinario nº: 956/06 del Juzgado 1ª Instancia de Badajoz nº3, seguido entre las partes, de una como apelante D. Baltasar, representado por el Procurador Sr. Jurado Sánchez y defendido por el Letrado Sr. Bravo y Bravo, y de otra, como apelada la entidad mercantil " Axa Aurora Ibérica S.A", representada por el Procurador Sr. Almeida Lorences y defendido por el Letrado Sr. Prieto Fernandez, sobre Reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA de Badajoz nº 3, por el mismo se dictó Sentencia con fecha:6-Febrero-2007,cuya Parte Dispositiva dice:

"Con estimación parcial de la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Jurado Sánchez, en nombre y representación de D. Baltasar, contra la entidad Axa Seguros e Inversiones S.A, debo CONDENAR Y CONDENO a la demandada a que abone al actor la suma de 4.103,71 euros, que se agrega a la de 10.066,29 euros ya satisfecha extrajudicialmente por la demandada. La cantidad objeto de la presente condena devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda( 2 de Octubre de 2.006) hasta la de esta sentencia, y desde esta última fecha hasta su completo pago, el interés previsto en el articulo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ".

TERCERO

Frente a la anterior resolución por la representación procesal de D. Baltasar se solicitó la preparación del recurso de Apelación de conformidad con lo dispuesto en el art. 457.1 de la L.E.C.

CUARTO

Admitida que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los art. 457.3 de la L.E.C. por veinte días para la interposición del recurso de Apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss de la citada Ley procesal.

QUINTO

Formalizado en tiempo y forma el recurso de Apelación por la representación procesal de D. Baltasar,se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 L.E.C. se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición a los recursos presentados, o en su caso de impugnación de la resolución apelada en lo que resulte desfavorable.

SEXTO

Presentado escrito de oposición al recurso de apelación por la representación procesal de la entidad mercantil "Axa Aurora Ibérica S.A", se remitieron los Autos originales a esta Audiencia Provincial, que por turno de reparto correspondió a esta Sección 2ª, incoándose el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia, no habiéndose celebrado vista pública y quedando los Autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia.

Observadas las prescripciones legales de trámite.

Vistos siendo ponente la Ilma Magistrada Sra Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMÍNGUEZ, que expresa el parecer unánime de la Sala.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la representación procesal de D. Baltasar, se interesa la revocación de la sentencia de instancia, alegando la infracción del art. 416 , en relación con el art. 418 de la L.E.C., por la falta de representación de la entidad demandada, al no aportar Poder de "Axa Seguros e Inversiones S.A"., lo que supone la declaración de rebeldía procesal. En cuanto al fondo del asunto, en lo referente a la reclamación de daños, muestra su disconformidad con la valoración que realiza el Juzgador de la instancia, que se decanta por una peritación que no tiene en cuenta la efectiva antigüedad del vehículo siniestrado, y la prioridad de la reparación " in...

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