SAP Alicante 529/2006, 13 de Octubre de 2006
Ponente | FAUSTINO DE URQUIA GOMEZ |
ECLI | ES:APA:2006:3050 |
Número de Recurso | 134/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 529/2006 |
Fecha de Resolución | 13 de Octubre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª |
JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE ALICANTE
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 23/06
JUICIO ORAL 72/06
ROLLO DE APELACIÓN Nº 134/06
SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 529/06
Iltmos. Sres.:
D. Faustino de Urquía y Gómez
D. Julio José Úbeda de los Cobos
D. Fco Javier Guirau Zapata
En Alicante a 13 de Octubre de 2006
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 13 DE Febrero de 2006, pronunciada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Alicante, en Procedimiento Abreviado nº 23/06
JUICIO ORAL 72/06 por delito contra la Seguridad del Tráfico, habiendo actuado como parte apelante Bartolomé y como parte apelada el Ministerio Fiscal
Son Hechos Probados de la Sentencia apelada, los del tenor literal siguiente: "Sobre las 22,00 horas del día 22-1-2006, el acusado Bartolomé, mayor de edad y sin antecedentes penales, conducía el automóvil con matrícula U-....-SZ por la calle Santa Rosalía, de Novelda, haciéndolo bajo la influencia de una ingestión alcohólica precedente, por lo que tenía mermadas sus facultades psicofísicas, con la consiguiente lentitud de reflejos, reducción del campo visual y alteraciones en la percepción, efectos que disminuían en el acusado su aptitud para el manejo del vehículo de motor, de tal manera que, tras colisionar levemente con otro automóvil, fue requerido por los agentes de la Policía Local que se personaron en el lugar del accidente a efectuar pruebas de detección de alcohol en sangre, que arrojaron como resultado 0,92 y 0,89 miligramos de alcohol por litro de aire expirado".; HECHOS PROBADOS QUE SE ACEPTAN.
El fallo de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: " Que debo condenar y condeno a Bartolomé como responsable en concepto de autor de un delito contra la seguridad del tráfico del art. 379 del C. Penal, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de seis meses a una cuota diaria de tres euros, y privación del derecho de conducir vehículos de motor y ciclomotores por un año y un día, y a las costas procesales".
Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por la representación de Bartolomé se interpuso el presente recurso alegando: error en la valoración de la prueba al haberse efectuado el control de alcoholemia utilizando un etilómetro cuyo certificado de validez había vencido, por lo que el aparato estaba caducado interesando se dicte sentencia absolutoria.
Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la/s parte/s apelada/s -que interesó la confirmación de la sentencia impugnada- y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a deliberación y votación de la sentencia el día 13 de Octubre de 2006.
En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado las prescripciones legales procedentes.
VISTO, siendo ponente el Iltmo. Sr. D. Faustino de Urquía y Gómez.
El delito contenido en el artículo 379 del Código Penal constituye un tipo autónomo de los delitos contra la seguridad del tráfico que, con independencia de resultados lesivos, sanciona la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, requiriendo no sólo la presencia de determinada concentración alcohólica, sino, que además, esa circunstancia influya en la conducción: no basta pues, para...
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