SAP Lugo 88/2006, 30 de Junio de 2006

PonenteJOSE MANUEL VARELA PRADA
ECLIES:APLU:2006:536
Número de Recurso74/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución88/2006
Fecha de Resolución30 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

LUGO

Rollo: Nº 74/06

Órgano de procedencia: Juzgado de lo Penal nº 2 de Lugo

Procedimiento de Origen: P. Abreviado 203/05

SENTENCIA NÚMERO 88

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. EDGAR AMANDO FERNANDEZ CLOOS, PRESIDENTE

DAÑA. MARIA LUISA SANDAR PICADO

D. JOSE MANUEL VARELA PRADA

Lugo, a treinta de Junio de dos mil seis.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala N.º

74/06, dimanante de los autos de Procedimiento Abreviado N.º 157/04, tramitados por el Juzgado

de Instrucción numero dos de Monforte de lemos y fallados por el Juzgado de lo Penal N.º 2 de

Lugo en el P. Abreviado N.º 203/05 por el delito de contra la seguridad del trafico y delito de

lesiones imprudentes; siendo apelante Jesús Ángel, representado por el

procurador Doña Soledad Seoane Portela y defendido por el letrado D. Jose Antonio Rodríguez

Dominguez y apelado el Ministerio Fiscal; actuando como ponente el magistrado, Ilmo. Sr. D.

JOSE MANUEL VARELA PRADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha dieciséis de diciembre de dos mil cinco, el Juzgado de lo Penal n.º dos de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Jesús Ángel, como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad del tráfico en concurso con un delito de lesiones imprudentes, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de sesenta días de multa, a razón de una cuota diaria de 9 euros, con una día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y dos años de privación del permiso de conducir vehículos de motor y ciclomotores, así como al pago de las costas, debiendo indemnizar, solidariamente con la Compañía de Seguros Génesis, a Mariano, en la cantidad de 1.819 euros por los días que tardó en curar de sus lesiones, debiendo incrementarse con los intereses legales ".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación que formuló la representación de Jesús Ángel e impugna el Ministerio Fiscal, siendo admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia para la resolución procedente.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

Se aceptan los de la sentencia apelada, que son del tenor literal siguiente: "Sobre las 15,45 horas del día 4 de abril de 2004, el acusado Jesús Ángel, nacido el 11 de abril de 1948 y sin antecedentes penales, conducía por la carretera CP-3201 (Monforte-Sober ), acompañado de Mariano, el vehículo Opel Kadett de su propiedad, matrícula W-....-WC, con seguro en vigor concertado con la Compañía Génesis, bajo la influencia de bebidas alcohólicas que mermaban sus facultades psicofísicas, impidiéndole la conducción en las debidas condiciones de seguridad, por lo que a la altura del punto kilométrico 7 de la citada vía, término municipal de Sober, en un tramo de curva a la izquierda el acusado, Jesús Ángel, perdió el control del vehículo, saliéndose de la calzada por el margen derecho y chocando contra la cuneta.

A resultas de estos hechos Mariano sufrió erosiones en la zona frontal media y la cara anterior de la...

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