STSJ Comunidad de Madrid 1212/2005, 20 de Septiembre de 2005

PonenteEVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLAS
ECLIES:TSJM:2005:11839
Número de Recurso172/2003
Número de Resolución1212/2005
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

EVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLASJESUS CUDERO BLASMARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCOCRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINAFRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 01212/2005

Rec . numº.172/03

Ponente : Sra. Gallardo Martín de Blas.

S E N T E N C I A NUM.1212

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEXTA

ILMOS . SRES . :

PRESIDENTE :

  1. JESÚS CUDERO BLAS

    MAGISTRADOS :

    Dña . TERESA DELGADO VELASCO

    Dña. CRISTINA CADENAS CORTINA

    Dña . Gallardo Martín de Blas

  2. FRANCISCO DE LA PEÑA ELÍAS

    En la Villa de Madrid , a veinte de Septiembre de dos mil cinco .

    VISTO por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid , el recurso contencioso- administrativo número 172/03, promovido por el Procurador de los Tribunales D.Antonio de Palma Villalón, en nombre y representación de D. Jose María, contra la Resolución dictada, en fecha 27 de Septiembre de 2002, por el Ministro de Administraciones Públicas desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución dictada ,en fecha 27 de Mayo de 2002, por la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) ; ha sido parte en los autos la Administración demandada representada por el Abogado del Estado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley , se emplazó a la demandante para que formalizase la demanda , lo que verificó mediante escrito, en el que suplica se dicte sentencia por la que , estimando la demanda dicte Sentencia por la que revoque los actos recurridos , declarando el derecho del actor a continuar afiliado y cotizando a la MUFACE y reponiéndole en su situación de afiliado obligatorio a la MUFACE con efectos del 24 de Abril de 2002, condenando a las demandadas a reintegrarle las cotizaciones efectuadas a la MUFACE en concepto de cotización voluntaria y las abonadas a cargo del demandante al Régimen General de Seguridad Social desde la indicada fecha, cuyas cuantías habrán de determinarse en ejecución de Sentencia .

SEGUNDO

El Abogado del Estado contesta a la demanda , mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida .

TERCERO

Verificados los oportunos trámites, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento .

CUARTO

Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia el día 19 de Septiembre de 2005 .

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales .

VISTOS los preceptos legales citados por las partes , concordantes y de general aplicación .

Siendo Ponente la Magistrada Ilma . Sra . Dña . EVA ISABEL Gallardo Martín de Blas .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se interpone por la parte actora, D. Jose María, en su condición de mutualista voluntario -hasta la fecha de la baja recurrida - en situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado-, contra el acto administrativo identificado en la Resolución dictada, en fecha 27 de Mayo de 2002, por la Dirección General de MUFACE en virtud de la cual , desestimando la solicitud del actor de continuar de alta en MUFACE como mutualista obligatorio , se resolvió desestimar la petición de alta como mutualista obligatorio , en aplicación de los artículos 7.1.b) , 3.2.g) y 8.1.a) de la Ley General de Seguridad Social de los Funcionarios .

Los Hechos que es preciso tener en consideración para realizar una adecuada valoración jurídica son los siguientes :

  1. El demandante es mutualista obligatorio de MUFACE desde el día 1 de Junio de 1976, en su condición de funcionario del Cuerpo General de Gestión de la Administración Civil del Estado .

  2. Por resolución de 28 de Noviembre de 1985 el actor fue transferido a la Junta de Andalucía en situación administrativa de Servicios en Comunidades Autónomas con destino en la Consejería de Cultura . e integrado posteriormente en el Cuerpo General Administrativo dentro de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía por Orden del Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía , continuando afiliado a MUFACE como mutualista obligatorio .

  3. Una vez superadas las pruebas de promoción interna al Cuerpo Superior de Administradores , especialidad Administradores Generales convocadas por Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 15 de Mayo de 2001, fue...

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