STSJ Galicia , 20 de Julio de 2005

PonenteFERNANDO SEOANE PESQUEIRA
ECLIES:TSJGAL:2005:1800
Número de Recurso224/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000224 /2003 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la SENTENCIA N° 575 /2005 ILMOS. SRS. D. BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ-PTE.

D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA Dª. MARÍA DOLORES GALINDO GIL En la Ciudad de La Coruña, a veinte de julio de dos mil cinco.

En el recurso contencioso-administrativo PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000224 /2003 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por la Entidad CARGILL ESPAÑA S.A., representada por el Procurador D. DOMINGO RODRÍGUEZ SIABA y dirigida por el Letrado D. ÓSCAR NUÑEZ- TORRON LATORRE, contra RESOLUCIÓN DE LA CONSELLERIA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA 18/04/02 DESESTIMATORIA RECURSO DE ALZADA CONTRA RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SOBRE EXPEDIENTE SANCIONADOR EN DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA. Es parte como demandada LA CONSELLERIA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA E DESENVOLVEMENTO RURAL, representada y dirigida por el LETRADO XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es 60.101,20 EUROS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, en síntesis contiene los siguientes HECHOS: Los hechos vienen recogidos en Inspección veterinaria realizada a 2.3.01 en almacén de Cereales López distribuidor de Cargill España s a tomando muestras de los piensos Rollos Hens, Gallinas Hens, Start-20 lechones Unomax Hens Porcino, dichos piensos elaborados por Cargill España s A., comercializados entre 15 y 18 de diciembre de 2000 y que Cargil España, S. a confirmó por escrito que dichos piensos podían ser comercializados, los piensos de donde se sacaron las muestras estaban en sacos de pienso dispuestos para su comercialización, el pienso contenía harina de carne, lo que era legal en la fecha de su comercialización y en la etiqueta nos e hizo constar dicho ingrediente en su composición, lo que puede considerarse como una infracción del art. 4 del R.D. 1945/83 , pero nunca de carácter grave.- La resolución recurrida sanciona a Cargill España, S.A., con dos multas de 12.02 0,24 euros por comercialización de piensos con harina de carne, dicha sanción considera la existencia de la infracción grave, tres multas de 12.020,24 por distribuir pienso ocultando en las etiquetas su contenido en harinas de carne y pescado, calificadas como infracciones graves.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes y suplica se dicte sentencia revocando la resolución recurrida y se absuelva a la actora de las infracciones imputadas y de la sanción impuesta, con costas a la demandada, o en otro caso, calificando las infracción como leves.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Recibido a prueba el recurso, por las partes no se ha propuesto prueba alguna dentro del plazo concedido y se declaró concluso el debate escrito, quedando las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Es Ponente el Iltmo. Sr. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La entidad Cargill España S.A. impugna en esta via jurisdiccional la resolución de 18 de abril de 20C2 del Consello de la Xunta de Galicia por la que se le impone la sanción de 60.101'20 euros por la comisión de dos infracciones sanitarias graves tipificadas en el artículo 2. 2 ("La promoción o venta para uso alimentario o la utilización o tenencia de aditivos o sustancias extrañas cu o uso no esté autorizado por la normativa vigente en la elaboración del producto alimenticio o alimentario de que se trate, cuando no produzcan riesgos graves y directos para la salud de los consumidores") del Real Decreto 19 5/1983, de 22 de junio , por el que se regulan las iniracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, por comercializar dos piensos elaborados con harina de carne, y otras tres infracciones graves por fraude recogidas en el articulo 4.3.2 de la misma norma ("Las defraudaciones en la naturaleza, composición, calidad, riqueza, peso, exceso de humedad o cualquier otra discrepancia que existiese entre las; características reales de la materia o elementos de que se trate y las ofrecidas por el productor, fabricante o vendedor, así como todo acto voluntario de naturaleza similar que suponga transgresión o incumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente"), por distribuir tres piensos ocultando en las etiquetas su contenido en harinas de carne y de pescado.

SEGUNDO

Con fecha 28 de febrero de 2001 la patrulla del Seprona de la Guardia Civil del Morrazo (Pontevedra) comunica al Servicio de Producción y Sanidad Animal de la Delegación provincial de la Conselleria de Política Agroalimentaria y Desenvolvimiento Rural la inmovilización de determinados piensos compuestos en los almacenes de la empresa Cereales López S.L. de las localidades de Marin y Bueu, ratificando el 1 de marzo siguiente dicha inmovilización la Inspección veterinaria, comprobándose, además, que los mismos fueron fabricados en" re el 17 de septiembre y el 16 de diciembre del año 2000, y que estaban apartados y retirados de la comercialización.

Al constatarse que la retirada del mercado de dichos piensos era susceptible de ser subvencionada por la Administración, en función...

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