ORDEN FORAL 352/2001, de 11 de abril, en relación con el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Salvatierra referente a los ámbitos aptos par urbanizar SAU. S0, SAU. S1, SAU. S2, SAU. S3, SAU. S4.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 2 de Mayo de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 49I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ordenes ForalesDEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Ref. 2.637ORDEN FORAL 352/2001, de 11 de abril, en relación con el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Salvatierra referente a los ámbitos aptos par urbanizar SAU. S0, SAU. S1, SAU. S2, SAU. S3, SAU. S4. Visto el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Salvatierra referente a los ámbitos aptos para urbanizar SAU. S0, SAU. S1, SAU. S2, SAU. S3, SAU. S4 y al ámbito urbano PERI. 1. ANTECEDENTES Primero.- Con fecha 31 de mayo de 2000, el Ayuntamiento de Agurain-Salvatierra acordó aprobar inicialmente la modificación de las Normas Subsidiarias referente a los ámbitos de los sectores SAU S1, S2, S3 S4 Y PERI-1, así como someter el expediente a información pública por el plazo de un mes, hecho que fue practicado mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava número 65, de 9 de junio de 2000 y en el diario"El Correo" del día 8 de junio del mismo año. Segundo.- Durante el periodo de información pública fueron presentadas varias alegaciones, que fueron informadas por los servicios técnicos, procediendo el Ayuntamiento a estimar parcialmente la alegación presentada referente al PERI-1, aprobar provisionalmente el expediente y remitirlo a la Diputación Foral de Álava, para su aprobación definitiva, donde tuvo entrada el día 17 de octubre de 2000. Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el punto tercero del apartado A) del Anexo al Decreto 35/1985, de 5 de marzo, de transferencia de servicios de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma al Territorio Histórico de Álava en materia de urbanismo, el expediente fue informado favorablemente por la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en su Sesión 1/2001, de 15 de febrero. Cuarto.- Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados número 155/99, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su sesión 4/2001, de 9 de marzo. FUNDAMENTOS Primero.- La modificación de las Normas Subsidiarias afecta a varios sectores aptos para urbanizar SAU1, SAU2, SAU3 Y SAU4, así como al ámbito de suelo urbano Plan Especial Interior PERI-1. La superficie de suelo urbanizable se incrementa dando lugar a la nueva delimitación de los sectores 1, 2, 3 y 4, y la creación del nuevo sector residencial S0. La presente modificación conlleva un incremento residencial cifrado en 195 viviendas, las cuales se reparten entre los 5 sectores planteados, produciéndose, en todos los casos, un aumento de intensidad edificatoria y variaciones en las tipologías residenciales planteadas en la calificación global. Asimismo se plantea una reclasificación y recalificación...

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