SAP Huelva 39/2006, 27 de Marzo de 2006

PonenteFRANCISCO JOSE MARTIN MAZUELOS
ECLIES:APH:2006:338
Número de Recurso3/2006
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución39/2006
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

Sección Segunda

Proc. Origen: D. Previas núm. 2951/04

Juzgado Origen :Juzgado de Instrucción núm. 2 de Ayamonte

Acusado: Ildefonso

Abogado:LOPEZ SUAREZ, MARIA DEL CARMEN.

Procurador:ANA MARIA MORERA SANZ

SENTENCIA NÚM. 39

Iltmos. Sres.:

D. FRANCISCO JOSE MARTÍN MAZUELOS (Ponente)

D. FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA

D. ANDRÉS BODEGA DE VAL

En Huelva, a veintisiete de marzo de dos mil seis.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, constituida por los Magistrados del margen, bajo la ponencia del Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSE MARTÍN MAZUELOS, ha visto en juicio oral y público el procedimiento abreviado número 23/05, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Ayamonte, seguido por delito contra la salud pública contra Ildefonso, con D.N.I. núm. NUM000, nacido el día 22 de febrero de 1.959, hijo de José y Catalina, natural y vecino de Villablanca (Huelva), con domicilio en CALLE000 núm. NUM001, en libertad provisional por esta causa, cuya solvencia no consta, representado por la Procurador DOÑA ANA MARIA MORERA SANZ y defendido por la Letrado Sra. López Suárez, sustituida en el acto del juicio por su compañero Sr. Feu Vélez, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal..

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Incoadas Diligencias Previas por el Juzgado de Instrucción y continuada su tramitación como procedimiento abreviado, el Ministerio Fiscal formuló escrito de acusación contra Ildefonso.

  2. - Presentado escrito de defensa por la representación del acusado y remitida la causa a esta Audiencia Provincial, se admitieron las pruebas que se reputaron pertinentes y se señaló la vista del juicio oral para el día 22 de marzo de 2.006, en cuya fecha tuvo lugar con el resultado que consta en acta.

  3. - En dicho acto, el Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 368 del Código Penal, de que reputó responsable a Ildefonso, sin circunstancias, para quien solicitó penas de prisión de cinco años, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 4.852 euros y pago de costas.

  4. - En el mismo trámite, la defensa interesó la libre absolución de su patrocinado.

  1. HECHOS PROBADOS

El día 10 de noviembre de 2.004 Ildefonso, cuando fue detenido por otros hechos, tenía en su poder en varios bolsillos 3,072 gramos de marihuana conteniendo tetrahidrocannabiol al 11,446%, 25'8 gramos de hachís, 4 papelinas de mezcla de heroína y cocaína con un peso de 1,145 gramos mezcla de cocaína con una pureza de 11,531% y...

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