SAP Madrid 25/2009, 28 de Enero de 2009
Ponente | DAVID SUAREZ LEOZ |
ECLI | ES:APM:2009:114 |
Número de Recurso | 331/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 25/2009 |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
CG AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION SEGUNDA BIS
ROLLO DE APELACION Nº: 331/08
JUICIO ORAL 250/07
JUZGADO DE LO PENAL Nº 15 de Madrid
MAGISTRADOS ILUSTRISIMOS SEÑORES:
PRESIDENTE: D. MIGUEL HIDALGO ABIA
MAGISTRADA: DÑA. MARÍA JESÚS LÓPEZ CHACÓN
MAGISTRADO. D. DAVID SUÁREZ LEOZ
La Sección SEGUNDA BIS de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al margen de referencia, ha dictado,
EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 25/2009
En la Villa de Madrid, a veintiocho de enero de dos mil nueve.
La Sección SEGUNDA BIS de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados D. MIGUEL HIDALGO ABIA, Dña. MARÍA JESÚS LÓPEZ CHACÓN y D. DAVID SUÁREZ LEOZ, ha visto el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dña. Paloma Briones Torralba, en nombre y representación procesal de Jose Manuel, contra la sentencia dictada con fecha 28 de marzo de 2008, en procedimiento abreviado 250/2007 por el Juzgado de lo Penal nº 15 de los de Madrid; intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal.
El Ilustrísimo Sr. Magistrado D. DAVID SUÁREZ LEOZ actúa como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.
Con fecha 28/03/08, se dictó sentencia en procedimiento abreviado 250/2007, del Juzgado de lo Penal nº 15 de los de Madrid .
En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:
"El acusado Jose Manuel, mayor de edad, sin antecedentes penales, sobre la 18:45 horas del día 2 de agosto de 2005, en la confluencia de la calle Carreteras con la Puerta del Sol de Madrid, ofrecía al público, con ánimo de obtener un beneficio injusto, obras obtenidas a través del sistema de copia para su fijación en soporte CD regrabable, que están relacionados en los folios 85 a 90 de la causa, sin la anuencia de los correspondientes titulares de los derechos de propiedad intelectual o de sus visionarios, y en perjuicio de los mismos.
En concreto, ofrecía la venta de 210 CDs, causando un perjuicio a AGEDI en 623,70 euros y a SGAE en 233,10 euros.".
Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:
"Debo condenar y condeno a Jose Manuel como autor responsable de un delito contra la propiedad intelectual previsto y penado en el Art. 270 1º del c.p. Sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de seis meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de doce meses a razón de 3 euros cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas. Al pago de las costas del juicio y a que indemnice a AGEDI en 623,70 euros y a SGAE en 233,10 euros.
Abónese al acusado para el cumplimiento de la pena que aquí se le impone el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa."
Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la Procuradora Dña. Paloma Briones Torralba, en nombre y representación procesal de Jose Manuel .
Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la...
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