Roca Sastre, Ramón María: Derecho Hipotecario, Bosch

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas1722-27

Roca Sastre, Ramón María: Derecho Hipotecario, Bosch, Barcelona, 1968, 6.º ed., tomos III y IV, 1.°; TV, 2.º

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En la recensión de los tomos I y II de esta monumental obra sobre Derecho Hipotecario, en su sexta edición, ya habíamos advertido que interrumpíamos la materia contenida en esos tomos para dar una cierta unidad a la exposición de estas lineas. Y así, al llegar al problema de las anotaciones preventivas, como sólo dos temas a ellas destinadas se incluían en los tomos dichos, aplazamos su comentario para este momento. De esta forma podemos dividir la exposición, distinguiendo: a) Las anotaciones preventivas, b) Las menciones y notas marginales, c) La extinción de los asientos, d) La concordancia entre el Registro y la realidad, e) Inscripciones especificas. f) Derecho real de hipoteca. Siguiendo este orden, que es el que marca el programa a que la obra se ajusta, proseguimos nuestra labor.

  1. Las anotaciones preventivas.

    De los siete temas que en el programa de 1945 destinaba a esta materia han quedado reducidos en el actual a cuatro. Ello ha provocado una inevitable poda en la materia con merma de cierta claridad o. por lo menos., con limitación de casos y problemas que pueden plantearse. Se ajusta la exposición a un debido y repetido orden sistemático que facilita el estudio y la busca de apartados sobre cada punto.

    Con la edición que nos sirve de contraste es preciso observar que la clásica definición sobre anotaciones ha sido variada sensiblemente, tratándose ahora de un asiento extendido en los libros de inscripciones del Registro de la Propiedad, de carácter generalmente principal y caducable, cuyo objeto es la publicidad registral de situaciones inmobiliarias de contención judicial, de secuestro o de prohibición, judicial o administrativa, de disponer, y de títulos que por defectos subsanables o por otras circunstancias no pueden ser objeto de asiento de inscripción al que tienden, o bien qus además tengan por objeto constituir una especial garantía registral. Se hace eco del trabajo sobre anotaciones de Díez-Picazo con su critica respectiva.

    Clasifica las anotaciones por vía de enumeración (aunque la enumeración no es exhaustiva, ni muchísimo menos), por su objetivo o finalidad especial, por su función, por el grado de afección, por el modo de producirse el Registrador, por su duración y por los bienes sobre que recaen. La clasificación anterior incluía los efectos como medida determinativa para un posible encuadramiento; ello ha pasado a convertirsePage 1723 en pregunta especial, que comprende el problema de la enajenación de los bienes anotados y del derecho objeto de ellas.

    Entrando en el estudio especifico de las diversas anotaciones, señalaremos cómo en la de demanda se afrontan los problemas de su finalidad, ámbito, naturaleza, efectos, procedimiento, práctica, duración y cancelación, que también se repiten en cuanto a la anotación preventiva de demanda de incapacidad Merece destacarse una novedad interpretativa en orden a la anotación preventiva de embargo en la cual, siguiendo las mismas directrices de otras anotaciones y haciendo una enumeración muy completa de los casos en que procede, se sostiene que la práctica registral de la misma no supone un caso de asiento constitutivo. Estudia el problema del gravamen solidario que la anotación preventiva puede provocar en ciertos casos y el de si el mandamiento que la ordena ha de ser firme. En forma simplista, casi esquemática, expone las anotaciones de secuestro y prohibición de disponer.

    Suprimiendo conceptos sobre Derecho civil puro, estudia, bajo la misma sistemática, las anotaciones de Derecho hereditario, de legados, de acreedores de una herencia, concurso o quiebra, acreedor refaccionario y la por defecto de los títulos. En esta última añade, por cuenta propia, la problemática de la anotación por imposibilidad del Registrador que al redactor del cuestionario oficial se le escapó en un poco acertado momento de falta de inspiración.

  2. Las menciones y las notas marginales.

    Agrupados en un solo tema se ofrecen al lector estos dos puntos necesarios para llegar al pleno conocimiento de la mecánica registral y de toda su...

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