SAP Barcelona, 8 de Febrero de 2007
Ponente | MARIA DOLORES BALIBREA PEREZ |
ECLI | ES:APB:2007:2347 |
Número de Recurso | 12/2007 |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION SEXTA
BARCELONA
ROLLO APELACION Nº 12/2007
PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 181/2005
JUZGADO PENAL Nº 16 DE BARCELONA
S E N T E N C I A Nº
Ilmos. Sres. Magistrados :
Presidente: D. MIGUEL ÁNGEL GIMENO JUBERO
D. PABLO LLARENA CONDE
Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ
En Barcelona a ocho de Febrero de dos mil siete
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen referenciados, ha visto, en nombre de S.M. El Rey, en grado de apelación el presente Rollo, dimanante del Procedimiento Abreviado seguido por el Juzgado de lo Penal número 16 de los de esta ciudad de Barcelona, al nº 11/2003, por un delito de robo de uso de vehículo de motor, contra Juan María, representado por el Procurador de los Tribunales Dña. Magdalena Lucan Peralta y defendido por la Letrada Dña. M. Montanyans Casanova, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, actuando el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública, estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso interpuesto por el condenado, contra la Sentencia dictada en primera instancia de fecha 7-11- 2006, y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ, quien expresa el parecer de la Sala.
A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:
FALLO: Que debo condenar y condeno a Juan María como autor responsable de un delito de robo de uso de vehículo a motor, previsto y penado en el art. 244.1 y 2 del CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de siete meses de multa con cuota diaria de seis euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, a indemnizar a Carla en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por el valor de los daños causados en el vehículo y el pago de las costas procesales.
Contra la anterior Sentencia se interpuso por el condenado Recurso de Apelación que fue admitido a trámite, dándose de él traslado a las demás partes, compareciendo el Ministerio Fiscal quien solicitó la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos, y siendo elevado a esta Sección de la Audiencia Provincial para su resolución.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las formalidades legales exigidas al efecto.
SE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia Apelada, cuyo texto se tiene aquí por reproducido.
SE ACEPTAN los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.
El recurso interpuesto se articula alegando infracción del principio de presunción de inocencia, aunque no se expresa formalmente, pues se invoca que no se ha aportado prueba de cargo suficiente por no serlo las manifestaciones de los agentes municipales y no haber reconocido el acusado su culpabilidad en el acto del juicio.
Por lo que se refiere a la presunción de inocencia, tiene declarado el TS, Sala 2ª, que «para que...
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