SAP León 106/2006, 1 de Septiembre de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ
ECLIES:APLE:2006:921
Número de Recurso75/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución106/2006
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

SENTENCIA: 00106/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION TERCERA

LEON

Rollo PENAL 75/2006

Diligencias PTO. ABREVIADO 277/05-A

Juzgado de lo Penal nº 2 de LEÓN

S E N T E N C I A Nº 106/2.006

ILMOS SRES.:

D. LUIS A. MALLO MALLO.- Presidente.

D. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTÍNEZ.- Magistrado.

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado.

En León, a uno de septiembre de dos mil seis.

VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Tercera, en grado de apelación, los autos de Procedimiento Abreviado Nº 277/05-A, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 2 de León, siendo parte apelante D. Luis Andrés, representado por la Procuradora Sra. Fernández Fernández y defendido por el Letrado Sr. Acero Álvarez, y apelado el MINISTERIO FISCAL, actuando como Magistrado Ponente el ILMO. SR. D. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 2 de León, en fecha 27 de diciembre de 2005, dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Luis Andrés como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, con la agravante de reincidencia, a la pena de DIEZ MESES DE PRISIÓN, y privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas del juicio y a que indemnice a Industrias Recreativas Leonesas S. L., por daños en 491,67 euros y a Ricardo por daños en 1.741,91 euros".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución, por la Procuradora Sra. Fernández Fernández, en representación de D. Luis Andrés, se interpuso recurso de apelación que fue admitido a trámite, dándose traslado a las demás partes por un plazo común de diez días, impugnándose el recurso por el Ministerio Fiscal y después de los trámites oportunos, se remitió todo lo actuado a esta Sección Tercera, señalándose para deliberación el día 4 de julio de 2.006.

ÚNICO.- Se aceptan los hechos probados de la sentencia apelada, cuyo tenor literal es el siguiente: "Sobre las 5,20 horas del día 21-10-04, el acusado Luis Andrés, mayor de edad y ejecutoriamente condenado, entre otras, en sentencia de 1-9-99 por un delito de robo con violencia o intimidación a la pena de 3 años y 6 meses de prisión y en sentencia de 20-3-01 por un delito contra la salud pública a la pena de un año y seis meses de prisión, tras forzar la trapa metálica de entrada al establecimiento bar "Moka" propiedad de Ricardo, sito en la calle Fernando III el Santo de esta ciudad, penetró ene l interior de local forzando dos máquinas tragaperras propiedad de Industrias Recreativas Leonesas S. L., causando daños por valor de 491,67 euros.

Los daños ocasionados en el establecimiento ascienden a 1.741,91 euros.

No pudiendo considerar acreditado que el acusado se apoderara de algunos cartones de tabaco y dinero en efectivo por valor de 430 euros, pertenecientes al dueño del bar ni que de las máquinas se llevara parte de la recaudación que ascendía a 418,20 euros".

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

A tenor de las alegaciones que D. Luis Andrés como apelante, y el Ministerio Fiscal como apelado, vienen a referir en sus respectivos escritos al efecto. Y habiendo procedido...

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