SAP Madrid 18/2007, 18 de Enero de 2007

PonentePEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ-PALACIOS
ECLIES:APM:2007:3730
Número de Recurso339/2006
Número de Resolución18/2007
Fecha de Resolución18 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

ROLLO DE APELACION Nº 339/2006

PROC. ORAL Nº 357/2006

JUZGADO DE LO PENAL Nº 17 DE MADRID

S E N T E N C I A Nº 18/2.007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS

D. FRANCISCO JESUS SERRANO GASSENT

D. JULIAN ABAD CRESPO

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En Madrid, a 18 de Enero de 2007.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Alonso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 17 de Madrid, de fecha 8 de Septiembre de 2006, en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente el Presidente de la Sección, Ilmo. Sr. D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 17 de Madrid dictó sentencia, de fecha 8 de Septiembre de 2006, cuyo relato fáctico es el siguiente: " Que el dia 30 de agosto de 2.006 el acusado Alonso, mayor de edad, sin antecedentes penales con NIE nº NUM000, fue sorprendido por agentes de la Policia Nacional cuando con ánimo de ilícito beneficio se encontraba en la calle Aniceto marinas de la localidad de Madrid, apalancando con un destornillador la puerta delantera derecha del vehículo matrícula D-....-MD, cuyo propietario Bruno, había dejado aparcado y perfectamente cerrado en la citada vía pública.

Al haber sido detectada dicha conducta por los agentes policiales, se procedió a su detención impidiendo que el acusado lograse acceder al vehículo y así apoderarse de cualquier objeto ajeno que hubiera en su interior.

El acusado en el momento de la detención le fue intervenido el referido destornillador.

El propietario del vehículo no formula reclamación alguna por los perjuicios sufridos."

Y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Alonso como autor responsable de un delito de robo con fuerza en grado de tentativa, del art. 237, 238.2, 240, 16 y 62 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Y abono de las costas del juicio."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por la Procuradora Dña. Maria Dolores Martinez Tripiana, en representación del condenado en la instancia, recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta...

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