La Rioja: crisis sanitaria y de gobierno

AutorRené Javier Santamaría Arinas
Páginas1294-1316
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2021
RENÉ JAVIER SANTAMARÍA ARINAS, La Rioja …”
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LII
La Rioja: crisis sanitaria y de gobierno *
RENÉ JAVIER SANTAMARÍA ARINAS
SUMARIO: 1. TRAYECTORIA GENERAL. 2. NORMATIVA. 2.1. Fiscalidad
ambiental. 2.2. Aguas. 2.3. Modificación y anulación parcial de la Ley de
protección de los animales. 2.4. Valoración de especies. 3.
ORGANIZACIÓN. 4. JURISPRUDENCIA. 4.1. Panorámica general. 4.2.
Ordenación del territorio y urbanismo: obligación de soterramiento de
líneas eléctricas en espacios agrarios de interés. 4.3. Ampliación de
camping en zona inundable. 5. APÉNDICE INFORMATIVO.
RESUMEN: Todo parece indicar que una zoonosis es la causa de la pandemia de
coronavirus COVID-19. Y, por pura casualidad, la escasísima aportación
riojana a la normativa ambiental durante 2020 se reduce prácticamente a
dos disposiciones relativas a la fauna. A falta de más contenidos, la crónica
de este año para el que se han agotado los calificativos se hace eco de la
reestructuración que han sufrido los departamentos del Gobierno
autonómico sin haber llegado a cumplir el primer aniversario desde su
constitución. Finalmente, el habitual repaso de la jurisprudencia destaca,
entre otras, una sentencia que confirma la validez de la previsión de la
* Este trabajo se ha elaborado en el marco del proyecto internacional de investigación que
lleva a cabo la Red Temática JUST-SIDE, coordinada desde la Universidad de Coimbra
y financiada por el Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo
(CYTED) así como del Proyecto de Investigación RTI2018-097216-B-I00 “El Derecho
Español ante los Retos Inminentes de la Economía Circular” (DERIEC), financiado por
el Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad de la Agencia Estatal
de Investigación del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y cofinanciado
por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
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Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable que impone, en términos
muy matizados, la obligación de soterramiento de tendidos eléctricos en
espacios agrarios de interés.
ABSTRACT: Everything seems to indicate that a zoonosis is the cause of the COVID-
19 coronavirus pandemic. And, by pure chance, the very scarce
contribution to environmental regulations during 2020 is practically
reduced to two provisions related with the fauna. In the absence of more
content, the chronicle of this unspeakable year echoes the restructuring that
the departments of the autonomous government have suffered without
having reached the first anniversary since their constitution. Finally, the
usual review of jurisprudence highlights, among others, a ruling that
confirms the validity of the provision of the Directriz de Protección del
Suelo No Urbanizable that imposes, in highly nuanced terms, the
obligation to bury power lines in “agrarian interest” areas.
PALABRAS CLAVE: Derecho ambiental autonómico. Protección de los animales.
Valoración de especies. Soterramiento de tendidos eléctricos. Zonas
inundables.
KEYWORDS: Regional environmental law. Protection of animals. Valuation of fauna
species. Burying power lines. Floodplains.
1. TRAYECTORIA GENERAL
La pandemia provocada en todo el planeta por el virus SARS-CoV-2
ha generado una crisis sanitaria, económica y social sin precedentes que deja
un terrible balance también en La Rioja. Como es bien sabido, en las
postrimerías del invierno el Gobierno de la Nación aprobó el Real Decreto
463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para
la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
que centralizó la gestión de la crisis e impuso severas restricciones,
incluyendo un confinamiento domiciliario que, tras sucesivas prórrogas
autorizadas por el Congreso de los Diputados, no se levantó hasta junio. Se
abría así una etapa que dio en llamarse de “nueva normalidad” que, tras el
verano, daría paso a nuevos rebrotes para llegar a un segundo estado de
alarma declarado en otoño (Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el
que se declara el estado de alarma para contener la propagación de
infecciones causadas por el SARS-CoV-2) y bajo cuya vigencia terminaría
el año. En este caso, la declaración fue a petición de once gobiernos

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