SENTENCIA de 10 de junio de 2003, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija doctrina legal acerca de la no retroactividad de efectos del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de los socios y administradores de sociedades mercantiles que no ostenten una participación accionarial mayoritaria.

MarginalBOE-A-2003-16019
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

SENTENCIA de 10 de junio de 2003, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se fija doctrina legal acerca de la no retroactividad de efectos del alta en el RÈgimen Especial de Trabajadores AutÛnomos de los socios y administradores de sociedades mercantiles que no ostenten una participaciÛn accionarial mayoritaria.

En el recurso de casaciÛn en interÈs de la Ley n.o 5/2002, interpuesto por la TesorerÌa General de la Seguridad Social, la Sala Tercera (SecciÛn Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia de fecha 10 de junio de 2003 que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

'Que ha lugar al recurso de casaciÛn en interÈs de la Ley interpuesto por la TesorerÌa General de la Seguridad Social contra la sentencia de 28 de septiembre de 2001 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de AndalucÌa con sede en Sevilla.

Se fija la siguiente doctrina legal:

'El alta en el RÈgimen Especial de Trabajadores AutÛnomos, y correlativa baja en el RÈgimen General, practicada de oficio por la TesorerÌa General de la Seguridad Social a los socios y administradores de sociedades mercantiles como consecuencia del cambio de criterio de la AdministraciÛn sobre el encuadramiento en el sistema de la Seguridad Social de tales prestadores de servicios, siempre que no ostenten una participaciÛn accionarial mayoritaria decisiva para fijar la orientaciÛn de la voluntad social oportunamente comunicada a la Entidad Gestora, no tiene efectos retroactivos, por lo que, siendo correcto el encuadramiento anterior en el RÈgimen General de la Seguridad Social, no procede la devoluciÛn de las cuotas ingresadas en la...

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