SAP Madrid 781/2006, 5 de Julio de 2006

PonenteMIRIAM DE LA FUENTE GARCIA
ECLIES:APM:2006:13050
Número de Recurso308/2006
Número de Resolución781/2006
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

MIRIAM DE LA FUENTE GARCIA FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ ANGEL SANCHEZ FRANCO

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 24

MADRID

SENTENCIA: 00781/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 24ª

Rollo nº: 308/06

Autos nº: 1196/04

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid

Apelante: D. Abelardo

Procurador: D. MIGUEL ZAMORA BAUSA

Apelado: Dª Diana

Procurador: Dª SUSANA CLEMENTE MARMOL

Ponente: Ilma. Sra. Dª MIRIAM DE LA FUENTE GARCÍA.

S E N T E N C I A Nº 781

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González

Ilmo. Sr. D. Ángel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª MIRIAM DE LA FUENTE GARCÍA

En Madrid, a 5 de julio de 2006

Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial de Madrid, los autos de Separación con el nº 1196/04, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid.

De una, como apelante, D. Abelardo, representado por el Procurador D. MIGUEL ZAMORA BAUSA.

Y de otra, como apelada, Dª Diana, representada por la Procuradora Dª SUSANA CLEMENTE MARMOL.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MIRIAM DE LA FUENTE GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 3 de diciembre de 2004, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda formulada por la Procuradora Dña. SUSANA CLEMENTE MARMOL, en nombre y representación de Diana, contra D. Abelardo, representado por el Procurador D. MIGUEL ZAMORA BAUSA, debo decretar la SEPARACIÓN matrimonial de D. Abelardo y Diana, con los siguientes pronunciamientos:

-Se atribuye el uso y disfrute del domicilio familiar sita en la C/ DIRECCION000, nº NUM000, piso NUM001, letra C de Madrid a Dª Diana, debiendo abandonar al Sr. Abelardo dicho domicilio en el plazo de 30 días, a contar desde la presente resolución.

-D. Abelardo deberá retirar sus efectos y enseres personales del domicilio familiar.

-No se hace especial pronunciamiento sobre costas procesales."

TERCERO

Notificada la anterior resolución se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de D. Abelardo al que se opuso la contraria en los términos que constan en escritos obrantes en autos.

Mediante providencia de fecha 10 de abril de 2006 se señaló el día 27 de junio de 2006 para deliberación, votación y fallo.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

DON Abelardo se alza en apelación contra la sentencia de fecha 3 de diciembre de 2004 y solicita con estimación de su recurso que se dicte otra resolución que se declare la nulidad de actuaciones hasta la citación para la comparecencia acordada en providencia de fecha 22 de octubre de 2004, todo ello con expresa imposición de costas.

La parte apelada se opone al recurso interpuesto de contrario y solicita que se acuerde inadmitir el mismo y subsidiariamente se desestime íntegramente el recurso y confirme la sentencia de instancia en todas sus partes con expresa imposición al recurrente de las costas causadas en esta alzada, con todo lo demás que sea de Ley y oportuno en Derecho.

SEGUNDO

Para resolver el recuro se hace necesario hacer un breve resumen de lo actuado habida cuenta que se interesa que se declare la nulidad de actuaciones. Así las cosas presentada y admitida la demanda de separación por doña Diana, donde también se solicita la adopción de medidas provisionales coetáneas, se emplaza a don Abelardo ; éste acude al juzgado el día 10 de noviembre de 2004 (folio 36) y solicita que le nombren abogado y procurador de oficio y se le informa que deberá comparecer ante la oficina correspondiente (folio 36). Así lo hace (folio 47) el 11 de noviembre de 2004.

El día 24 de noviembre se celebra la vista de medidas provisionales coetáneas a la separación. Doña Diana acude con su propio letrado y procurador. Don Abelardo comparece solo; todavía no han sido nombrados el abogado y...

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