Resolución de 20 de mayo de 2008, de la Secretaría General de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, por la que se dictan normas para la adjudicación de destino provisional para el próximo curso académico 2008-2009, entre profesorado de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesorado de escuelas oficiales de idiomas, profesorado de música y artes escénicas, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño, que no tengan destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Galicia, a los que resultan desplazados por falta de horario, aquellas/os a quienes se les conceda una comisión de servicios como concejala o concejal, por motivos de salud o por conciliación familiar, opositoras/opositores del año 2008, interinas, interinos, sustitutas y sustitutos y el personal funcionario que solicite el reingreso al servicio activo.

Sección4 - Oposiciones y Concursos
EmisorCONSELLERIA DE EDUCACION Y ORDENACION UNIVERSITARIA
Rango de LeyResolución

A fin de adjudicar el destino provisional para el curso académico 2008-2009 al profesorado sin destino definitivo de los cuerpos citados, se convoca el presente concurso de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Objeto.

Se convoca el concurso, de acuerdo con las especificaciones que se citan en la presente resolución, para la provisión de las necesidades de profesorado para el curso 2008-2009, en los centros que se relacionan en los anexos I, II, III y IV, entre el profesorado sin destino definitivo de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño, y el profesorado con destino definitivo que se relaciona en la base segunda y tercera de la presente convocatoria.

Segunda.-Obligatoriedad de participación.

Estarán obligados a participar en el presente concurso, en su especialidad:

  1. El profesorado que tenga concedida una comisión de servicios por razones de salud, por la situación personal del propio docente.

  2. El profesorado que tenga concedida una comisión de servicios por razones de salud, por la situación personal de un familiar.

  3. El profesorado desplazado por falta de horario.

  4. El profesorado que tenga que reincorporarse a la comunidad autónoma procedente del extranjero.

  5. El profesorado que resultó suprimido en el proceso de adscripción regulado por la Orden de 1 de octubre de 1998 y continúe en esa situación, excepto que hubiese hecho la opción de ser recolocado en la localidad en la que fue suprimido.

  6. El profesorado que tenga derecho a que se le conceda una comisión de servicios por concejala/al.

  7. El profesorado que tenga concedida una comisión de servicios por razón de conciliación familiar o laboral.

  8. El profesorado en situación de expectativa de destino que figura en el anexo II de la Resolución de 13 de mayo de 2008, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre funcionarias y funcionarios docentes de los distintos cuerpos, que se ordenará por años de celebración del concurso-oposición, y dentro de cada concurso-oposición por el número de orden obtenido en el mismo.

  9. El profesorado que solicite el reingreso en el servicio activo con efectividad del inicio del curso académico 2008-2009.

  10. Las opositoras y los opositores que superen el procedimiento selectivo de acceso e ingreso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas y profesores de música y artes escénicas, convocados por la Orden de 9 de abril de 2008 y profesores de artes plásticas y diseño, por el orden obtenido en el procedimiento selectivo, excepto los que estén exentos de realizar la fase de prácticas y opten por continuar desempeñando servicios en su cuerpo de origen.

  11. El profesorado interino, por el mismo orden que eligieron en el curso académico 2007-2008.

  12. El profesorado sustituto, en función del orden de acceso a la interinidad o sustitución.

    Tercera.-Participación voluntaria para los funcionarios de carrera de las escuelas oficiales de idiomas.

    El personal funcionario de carrera con destino definitivo de las escuelas oficiales de idiomas podrán, con carácter excepcional, solicitar plazas provisionales para un año/curso de las escuelas oficiales de idiomas y sus extensiones.

    Cuarta.-Plazas que puede solicitar el profesorado del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

    Los profesores y profesoras de enseñanza secundaria podrán solicitar las siguientes plazas, de acuerdo con las especificaciones que se contienen en esta base:

  13. Las correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, para los centros o localidades que figuran en el anexo I de la presente resolución y para las especialidades de:

    Ver referencia pdf "11600D021P024.PDF"

  14. El profesorado interino y sustituto de clásicas podrá solicitar indistintamente las plazas de latín y griego, entendiéndose incluida para estos participantes la cultura clásica.

  15. Las profesoras y profesores de enseñanza secundaria, titulares de las especialidades correspondientes, podrán solicitar las plazas de las escuelas oficiales de idiomas y de las escuelas de artes aplicadas y oficios artísticos relacionadas en los anexos II y IV de esta resolución. A tales efectos deberán incluir en su petición los códigos de estos centros manteniendo el código de la especialidad del cuerpo de PES, aún en el supuesto de que optaran por efectuar la solicitud por localidades.

  16. El personal funcionario de carrera de la especialidad de administración de empresas que sea titular de la especialidad de economía, podrá pedir plazas indistintamente de las dos especialidades y de organización y gestión comercial.

  17. El personal funcionario de carrera de la especialidad de procesos comerciales podrá solicitar, además, plazas de administración de empresas, formación y orientación laboral y economía. Una vez adjudicadas las plazas a los funcionarios y funcionarias de carrera y opositores y opositoras de las especialidades de administración de empresas, economía y formación y orientación laboral, se adjudicarán las plazas al personal funcionario de carrera de procesos comerciales, en un número igual a la diferencia entre profesores en expectativa de esta especialidad y el número de vacantes de la misma.

  18. El personal funcionario de carrera de la especialidad de oficina de proyectos de construcción podrán solicitar plazas de dibujo y construcciones civiles y edificación. El número de plazas a adjudicar de esta última especialidad a las y a los titulares de la especialidad de edificaciones y oficina de proyectos de construcción será como máximo igual a la diferencia entre profesorado en expectativa de destino de cada especialidad y el número de vacantes de la misma.

  19. El profesorado interino de la especialidad de procesos sanitarios continuarán en una única lista y podrán pedir plazas de las especialidades de procesos diagnósticos clínicos y productos ortoprotésicos y procesos sanitarios. A partir de la convocatoria de oposiciones del año 2007 los nuevos integrantes de las listas de procesos sanitarios y procesos de diagnósticos clínicos y productos ortoprotésicos figurarán en la especialidad en la que se presentaron.

    Quinta.-Plazas que pueden solicitar las funcionarias y los funcionarios del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional.

    El profesorado del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional podrán solicitar las siguientes plazas, de acuerdo con las especificaciones que se contienen en esta base; sin perjuicio de lo establecido para la especialidad de procesos comerciales en el apartado anterior.

  20. Plazas correspondientes a las especialidades de las que sean titulares, para los centros o localidades que figuran en el anexo I, y para las especialidades de:

    Ver referencia pdf "11600D021P024.PDF"

    El personal funcionario de carrera de las especialidades que a continuación se relacionan podrán solicitar plazas de las especialidades que se indican:

    Especialidad: procesos comerciales.

    Especialidades que se pueden solicitar: procesos comerciales; procesos de gestión administrativa.

    Especialidad: procedimientos sanitarios y asistenciales.

    Especialidades que se puede...

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