Las respuestas restaurativas al terrorismo en el ámbito penitenciario: ¿terapia y/o justicia?

AutorGema Varona Martínez
Cargo del AutorDoctora investigadora permanente, Instituto Vasco de Criminología/Kriminologiaren Euskal Institutua (UPV/EHU)
Páginas461-482
LAS RESPUESTAS RESTAURATIVAS AL TERRORISMO EN EL
ÁMBITO PENITENCIARIO: TERAPIA Y/O JUSTICIA?
RESTORATIVE RESPONSES TO TERRORISM IN PRISON: THERAPY AND/OR
JUSTICE?
G V M*
Doctora investigadora permanente, Instituto Vasco de Criminología/Kriminologiaren
Euskal Institutua (UPV/EHU)
DOI: 10.14679/1884
R
Este trabajo busca clari car algunos elementos fundamentales de la justicia restaurativa, en
relación con las necesidades de las víctimas. Sin atender esos elementos, los proyectos en el
ámbito del terrorismo en las prisiones en España se desviarían de los estándares internacio-
nales en la materia. Según dichos estándares, para todo tipo de delito, la justicia restaurativa
no es simple ni es el camino más sencillo: no promete la impunidad que querrían algunos
sectores de la sociedad, ni el punitivismo que desearían otros, siendo ambos conceptos cons-
tructos sociales de difícil precisión y necesaria contextualización. La justicia restaurativa es
marginal, no puede ser de otro modo, ya que es voluntaria y adaptada a las relaciones diversas,
complejas y cambiantes en cada daño ocasionado. Al mismo tiempo, no debe perderse de
vista su potencial transformador, sin el que se quedaría en lo terapéutico, olvidando las
expectativas de justicia de las personas afectadas, entendida esa justicia como bien común.
P 
Justicia restaurativa; Terrorismo; Prisión; Terapia; Punitivismo.
A
is work seeks to clarify some key elements of restorative justice in relation to victims’
needs. Programs without those elements, in this case in the  eld of terrorism in the Spanish
prisons, might not ful ll the international standards on the matter. According to those
standards for any kind of crime, restorative justice is not a simple or easy justice: it does
not promise the impunity that some segments of society would like or the punitivism
wanted by others. Both concepts, impunity and punitivism are social constructs that are
di cult to de ne and need to be contextualized. In any case, restorative justice will always
remain marginal. It cannot be otherwise, since it is voluntary and adapted to the diverse,
dynamic and complex relationships at stake. At the same time, if it loses sight of its social
transforming potential, it would hold a reductionist therapeutic ethos, forgetting victims’
expectations of justice, understood as a common good, not as punitive justice.
K
Restorative Justice; Ter rorism; Prison;  erapy; Punitivism.
* Este artículo se ha realizado en el marco del Proyecto de I+D+i «La ejecución de las penas por
delitos de terrorismo» (RTI2018-095375-B-100) financiado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades de España.
Gema Varona Martínez
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S: 1. Introducción.– 2. La justicia restaurativa como tratamiento en prisión para
los delitos de terrorismo.– 3. La justicia restaurativa, vinculada a la salud pública y a los
derechos humanos, no es terapia individual o interpersonal, pero sí puede tener efectos
terapéuticos.– 4. Recapitulación.– 5. Referencias.
1. INTRODUCCIÓN
Se ha a rmado que la justicia restaurativa puede ser una oportunidad para revertir el
signi cado sacri cial de las víctimas en el sistema penal, signi cado al que hace alusión
el origen del término víctima en numerosos idiomas1. Desde  nales de la década de los
ochenta parece que ha llegado la hora de la víctima2, es decir, el momento de repensar su
papel en el sistema penal y en la sociedad. Este cuestionamiento sobre cómo responder
mejor a las víctimas, en modo alguno, implica un mayor punitivismo, sino una aspiración
legítima a un mayor equilibrio en las tensiones entre los derechos humanos de las personas
que han sufrido un delito y las personas que lo han cometido, siempre dentro del contexto
social en que se ha producido.
En un plano procesal, a pesar de los cambios normativos, los tribunales de justicia
siguen siendo percibidos por muchas víctimas como espacios hostiles y creadores de
victimización secundaria3, al tiempo que un sistema penal menos miope con algunas
formas de victimización puede fomentar cierta jerarquización de víctimas, donde unas
son más visibles que otras, en línea con la noción de víctima ideal4. En este sentido, la
Victimología crítica se incardina en una visión de los derechos humanos de toda persona,
sin exclusiones, independientemente de su rol o condición de víctima o victimario. Desde
dicha Victimología se maneja una noción de víctima como adjetivo, y no sustantivo. El
término víctima hace referencia a la descripción de una experiencia vivida en sociedad, sin
connotaciones identitarias ni visiones esencialistas, antagónicas o patológicas5. Todas las
víctimas de cualquier delito, con toda su diversidad, tienen en común el haber sufrido un
mal inmerecido6 que, particularmente cuando es grave, provoca un ataque ontológico7
porque hace tambalearse la autopercepción, la percepción de los demás y del futuro o del
sentido del vivir juntos. En el caso de las víctimas de terrorismo, ese ataque es particular-
mente severo porque las víctimas son cosi cadas por un  n que se entiende superior, una
1 Y. G, “From ritual to metaphor: The semantic shift in the concept of ‘victim’ and medieval
Christian piety”,International Review of Victimology, 2018, vol. 24, n. 1, 2018, pp. 83-98.
2 M. H, La hora de la víctima. Compendio de Victimología, Madrid: Edersa, 1996.
3 E U A  F R, Victims’ rights as standards of criminal
justice. Justice for victims of violent crime. Part I, Viena: FRA, 2019.
4 A. B, E, M  A. P, “The ideal victim through other (s’) eyes”, en M. D
(ed.), Revisiting the ‘Ideal Victim, Bristol: Policy Press, 2018, pp. 27-41.
5 J.M. T, “Paradojas y patologías en la construcción social, política y jurídica de la
victimidad”,Indret, n. 1, 2013.
6 M. R  M, Tratado de la injusticia, Barcelona: Anthropos, 2011.
7 A. P, “A theor y of injustice and victims’ participation in criminal processes”,
enVictimology, Cham: Palgrave Macmillan, 2020, pp. 359-379.

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