SAN, 28 de Noviembre de 2002

EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2002:6531

SENTENCIA

Madrid, a veintiocho de noviembre de dos mil dos.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

el recurso contencioso-administrativo número 1226/2001, promovido por DON Vicente , DON Ángel Y DOÑA Sara

representados por la Procuradora de los Tribunales Doña Silvia María Casielles Moran y dirigida por

el Letrado Don Alfonso Iglesias Fernández, contra la resolución del Ministro de Defensa de 5 de

noviembre de 2001 por la que se inadmite la solicitud de Don Vicente , Don Ángel y Doña Sara , de que se les indemnice en la cuantía de

40.000.000 de pesetas, por el fallecimiento de Doña Nieves , esposa e hija,

respectivamente, de los mismos, ocurrido el día 4 de septiembre de 2001, habiendo sido parte en

autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado; cuantía 40.000.000

pesetas (240.405 euros).

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Doña Nieves beneficiaria de la asistencia sanitaria prevista en el régimen especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas gestionado por el ISFAS, y adscrita a la entidad "CASER SALUD", falleció el día 4 de septiembre de 2000 , a los 25 años de edad, como consecuencia de un sarcoma sinovial.

El día 25 de septiembre de 2001, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Orense, juicio ordinario 82/2001, dictó auto por el que inadmitía la demanda al estimar la excepción de falta de jurisdicción planteada por la representación de CASER, estimando competente para el conocimiento de la demanda la jurisdicción contencioso-administrativa.

El día 31 de agosto de 2001, su esposo Don Vicente y padres Don Ángel y Doña Sara presentaron escrito de reclamación de indemnización en concepto de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública en aplicación de los artículos 139 y ss de la Ley 30/1992 (folios 1 a 14 del expediente administrativo), fundándose para ello en la incorrecta asistencia sanitaria prestada en el Centro Médico del Carmen, C-entro concertado con la entidad CASER SALUD y suplicando "se proceda a incoar el correspondiente expediente administrativo, declarando la responsabilidad patrimonial de la Administración en la mala atención de Doña Nieves , indemnizando a sus herederos en la cantidad de 40.000.000 ptas)

Tramitado el correspondiente expediente administrativo el Ministro de Administraciones Públicas en resolución de 21 de septiembre de 1.999 desestimó la reclamación.

Disconformes con ello, acuden a la vía jurisdiccional.

Segundo

El día 30 de noviembre de 2001 interpusieron recurso contencioso-administrativo contra el Ministerio de Defensa, el ISFAS, CASER SALUD, Don Manuel Fraga Cabado y Doña Balbina Gonzalez Alvarez. Turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a fin de que formalizara la demanda, lo que así hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando una Sentencia por la que "se declare la responsabilidad patrimonial de los codemandados, condenándolos a indemnizar a mis mandantes en la cantidad peticionada, todo ello en concepto de daños y perjuicios , con los intereses legales correspondientes, y con expresa imposición de costas a las codemandadas".

Emplazado el Abogado del Estado para que contestara la demanda, así lo hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando una Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto y confirmatoria de la resolución impugnada.

Tercero

Denegado el recibimiento del recurso a prueba por auto de 6 de mayo de 2000, y una vez realizadas conclusiones, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, lo que se efectuó con relación al día catorce de noviembre de 2002, en que así tuvo lugar.

VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, y siendo Ponente doña Lucia Acín Aguado, Magistrada de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El recurso contencioso-administrativo se interpone contra la resolución del Ministro de Defensa de 5 de noviembre de 2001 por la que se inadmite la solicitud de Don Vicente , Don Ángel y Doña Sara , de que se les indemnice en la cuantía de 40.000.000 de pesetas, por el fallecimiento de Doña Nieves , esposa e hija, respectivamente, de los mismos.

La demandante, tras exponer que ejercita una acción de responsabilidad patrimonial, en tanto en cuanto el ISFAS tiene la obligación de prestar la asistencia sanitaria a sus afiliados, que no participan en los conciertos que suscribe, concreta las circunstancias que hacen que, a su juicio, aquella asistencia haya resultado defectuosa. Con base en ello cita los preceptos que considera aplicables, así como la Jurisprudencia que estima susceptible de ser tenida en cuenta en el supuesto de autos.

Frente a ello el Abogado del Estado, en línea con lo expuesto en la resolución administrativa recurrida, se refiere al Concierto suscrito entre el ISFAS y la entidad CASER, prestataria de los...

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