SAP Málaga 252/2007, 3 de Mayo de 2007
Ponente | MELCHOR ANTONIO HERNANDEZ CALVO |
ECLI | ES:APMA:2007:1361 |
Número de Recurso | 107/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 252/2007 |
Fecha de Resolución | 3 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
S E N T E N C I A Nº 252
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA
PRESIDENTE ILMO. SR.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES
D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 7 DE MALAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 107/2007
JUICIO Nº 37/2005
En la Ciudad de Málaga a tres de mayo de dos mil siete.
Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso MERCADONA S.A. y ZURICH SA que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. OJEDA MAUBERT, BELEN y CONEJO CASTRO GRACIA MARIA. Es parte recurrida Elisa que está representado por el Procurador D. CARRION MAPELLI, ENRIQUE y defendido por el Letrado D. LOPEZ PEREZ-LANZAC, ROCIO, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 25/9/06, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando la Demanda formulada por el Procurador Sr. Carrion Mapelli en nombre y representacion de Dña. Elisa contra la entidad Mercadona SA y la aseguradora Zurich España Cia de Seguros y Reaseguros SA, debo condenar y condeno solidariamente a las demandadas a que abonen a la actora la suma de TRINTA Y CINCO MIL EUROS (35.000 euros), mas sus intereses legales que por lo que se refieren a la entidad aseguradora equivalen al legal del dinero incrementado en un 50% computable desde la fecha del siniestro hasta la del completo pago o consignacion, sin perjuicio del contenido del ultimo apartado del articulo 20 de la LCS. Todo ello, con imposicion a las demandadas del pago de las costas causadas en este procedimiento".
Sentencia aclarada por Auto de fecha 9/10/06, cuya parte dispositiva es como sigue: "SE ACLARA la Sentencia dictada en las presentes actuaciones en los terminos obrantes en el cuerpo de esta resolucion".
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 26/4/07, quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MELCHOR HERNANDEZ CALVO quien expresa el parecer del Tribunal.
Disconformes con el pronunciamiento judicial que les condena al pago de la cantidad de 35.000, euros e intereses, comparece en esta alza las respectivas representaciones procesales de la mercantil Mercadona S.A. y Zurich, alegando, en síntesis error en la valoración de la prueba, ya que, de la prueba practicada no se acredita que la entidad Mercadona, haya realizado ninguna acción y omisión culposa ni negligente, ni en el supuesto de que exista, nexo causal entre la misma y el resultado dañoso. Así la sentencia basa la imputación en la existencia de dos filas de carros, tan sólo acredita por las testificales de familiares de la actora, que reducían y dificultaban el paso, y ello, dice, " pese a que la licencia de apertura del establecimiento preveía su ubicación en otro lugar, precisamente para evitar situaciones como ésta. Sin embargo, olvida que la caída se produce en los escalones existentes una vez traspasada la zona de carros de la compra y que fue Don Braulio, quien contaba con algo mas de ochenta años y necesitaba de bastón para la deambulación, en lugar de entrar por la rampa existente, optó por continuar por la zona de carritos y la caída se produce, cuando al intentar apoyar el...
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