STSJ Comunidad de Madrid 262/2007, 1 de Marzo de 2007
Ponente | RAMON VERON OLARTE |
ECLI | ES:TSJM:2007:228 |
Número de Recurso | 1458/2003 |
Número de Resolución | 262/2007 |
Fecha de Resolución | 1 de Marzo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 00262/2007
S E N T E N C I A Nº 262
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN NOVENA
Ilmos. Sres.:
Presidente:
Don Ramón Verón Olarte
Magistrados:
Doña Ángeles Huet de Sande
Don Juan Miguel Massigoge Benegiu
Doña Berta Santillán Pedrosa
Don Jose Luis Quesada Varea
Doña Margarita Pazos Pita
Don Juan Ignacio González Escribano
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En la Villa de Madrid a uno de marzo de dos mil siete.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso administrativo nº 1458/03, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Sra. Ayuso Gallego, en nombre y representación de doña Laura, contra la resolución presunta del Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid por la que se deniega por silencio administrativo la solicitud de responsabilidad patrimonial presentada por la actora en fecha 21 de marzo de 2002; habiendo sido parte la Administración demandada representada por los Servicios Jurídicos de la Comunidad y, como codemandada, la mercantil MAPFRE representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Ruipérez Palomino.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.
El Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a derecho.
Habiéndose recibido el presente proceso a prueba con el resultado que obra en autos, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
En este estado se señala para votación el día 1 de marzo de 2.007, teniendo lugar así.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Ramón Verón Olarte.
A través del presente recurso el Procurador de los Tribunales Sra. Ayuso Gallego, en nombre y representación de doña Laura, contra la resolución presunta del Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid por la que se deniega por silencio administrativo la solicitud de responsabilidad patrimonial presentada por la actora en fecha 21 de marzo de 2002.
La resolución del presente litigio requiere el previo análisis de los siguientes hechos:
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La actora, Doña Laura, el día 3 de Abril de 2.001 acude al Servicio de Urgencias del Hospital General Universitario Gregorio Marañón de Madrid, ya que llevaba aproximadamente unos seis días padeciendo fiebre elevada, malestar general, cefalea fronto-nucal continua, nauseas, vómitos y tendencia al sueño.
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El mismo día que la Sra. Laura ingresa en el Hospital Gregorio Marañón y, dados los síntomas que padecía, se le practica con carácter urgente una punción lumbar, a raíz de la cual se diagnostica que la actora padecía una meningitis por neissería sensible a la cefataxina.
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El 4 de Abril de 2.001 la madre de la actora comunicó al personal sanitario que su hija no...
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ATS, 3 de Julio de 2008
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