SAP Madrid 367/2007, 18 de Junio de 2007

PonenteJESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
ECLIES:APM:2007:8124
Número de Recurso360/2007
Número de Resolución367/2007
Fecha de Resolución18 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00367/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 360 /2007

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1156 /2005

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 21 de MADRID

PONENTE: ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

APELANTE: HELVETIA PREVISION, S.A.

PROCURADOR: JULIO ANTONIO TINAQUERO HERRERO

APELADO: MAPFRE SEGUROS GENERALES COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

PROCURADOR: FEDERICO RUIPEREZ PALOMINO

En MADRID, a dieciocho de junio de dos mil siete.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 21 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada HELVETIA PREVISIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS representada por el Procurador Sr. Tinaquero Herrero y de otra, como apelada demandante MAPFRE SEGUROS GENERALES COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. representada por el Procurador Sr. Ruiperez Palomino, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON JESÚS RUEDA LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 21 de Madrid, en fecha 16 de enero de 2007, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Federico Ruipérez Palomino, en nombre y representación de AMPFRE SEGUROS GENERALES, SA condeno a la demandada HELVETIA PREVISIÓN S.A., al pago a la actora de la cantidad de 13.939,63 euros, más los intereses legales y costas del procedimiento".

SEGUNDO

Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 12 de junio de 2007.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitada por la parte actora en su día una acción personal de reclamación de cantidad con fundamento legal en los arts. 1902 y cc C.c. y 43 LCS en exigencia a la demandada como aseguradora de la entidad Mogar Construcciones y Proyectos S.L. de la suma de 13.939,63.- euros en concepto indemnizatorio por las cantidades que la demandante como aseguradora de D. Jose Luis abonó a éste derivada de los daños causados en el inmueble de su propiedad sito en Madrid C/. DIRECCION000 nº NUM000, NUM001 en el curso de las obras que se estaban ejecutando en el edificio, se formuló oposición a la demanda alegándose al falta de litisconsorcio pasivo necesario y en cuanto al fondo la discrepancia en relación con la cuantía indemnizatoria, excepción aquélla desestimada en el acto de audiencia previa y dictándose en cuanto al fondo sentencia en la instancia por la que se estimaba la demanda formulada, interponiéndose por la demandada el recurso que es ahora objeto de consideración en esta alzada y que ha venido a...

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