SAP León 274/2005, 31 de Octubre de 2005
Ponente | MANUEL GARCIA PRADA |
ECLI | ES:APLE:2005:1559 |
Número de Recurso | 15/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 274/2005 |
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 1ª |
SENTENCIA: 00274/2005 AUDIENCIA PROVINCIAL DE
LEON
Sección 001
Domicilio : C/ EL CID, NÚM. 20
Telf : 987.23.31.35
Fax : 987.23.33.52
Modelo : SEN00
N.I.G.: 24089 37 1 2005 0101480
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000015 /2005 CIVIL Juzgado procedencia : JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.6 de LEON Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000323 /2004 RECURRENTE : Jesús María Y OTRO
Procurador/a : LUIS ENRIQUE VALDEON VALDEON
Letrado/a :
RECURRIDO/A : MAPRFE AGROPECUARIA Y OTRO
Procurador/a : ILDEFONSO DEL FUEYO ALVAREZ
Letrado/a :
SENTENCIA NUM. 274/05
Istmos. Sres:D. Manuel García Prada.- Presidente
-
Alfonso Lozano Gutiérrez.- Magistrado
-
Teodoro González Sandoval.- Magistrado
En León, a treinta y uno de octubre de dos mil cinco. VISTOS ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante Jesús María , Olga Y Aurora representados por el Procurador Luis Enrique Valdeon Valdeon y asistidos del Letrado Jaime De La Hera Cañibano y como apelados SOCIEDAD DE CAZADORES DE VILLADANGOS Y de la Entidad Mercantil MAPFRE AGROPECUARIA MUTUALIDAD DE SEGUROS representados por el procurador Ildefonso Del Fueyo Álvarez y asistidos del Letrado Manuel H. Castro, actuando como Ponente para este trámite el ILTMO. SR. DON Manuel García Prada.
Por el Juzgado de 1ª Instancia num. 6 de León, se dictó Sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: FALLO.- Estimo parcialmente la demanda formulada por el Procurador Sr. Valdeón Valdeón, en nombre y representación de DON Jesús María , DOÑA Olga Y DOÑA Aurora contra SOCIEDAD DE CAZADORES DE VILLADANGOS Y MAPFRE AGROPECUARIA MUTUALIDAD DE SEGUROS y en su virtud, condeno a dichas demandadas a que de forma solidaria abonen las siguientes cantidades:
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7.666,06 € a D. Jesús María .
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6.144,81 € a Dª Olga como representante de su hijo menor Aurelio .
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8.836,11 € a Dª Aurora como representante de su hijo menor Juan Pedro ; mas el interés legal incrementado en el 50 por 100 desde la fecha del siniestro con cargo a la aseguradora, sin imposición de las costas.
Contra la relacionada Sentencia que lleva fecha 6 de octubre de 2004 , se interpuso recurso por la parte demandante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites, se señaló día par la deliberación a fin de dictar resolución.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia de instancia.
La parte codemandante impugna la Sentencia del Juzgado en tres apartados:
-
Los días de incapacidad o impeditivos reconocidos en la Sentencia (60 días) que estima han de ser 102, debiendo aplicarse a su vez el factor de corrección del 10% porque estaba trabajando en la fecha del accidente.
Este motivo no puede acogerse porque es criterio de este Tribunal en las ultimas resoluciones que viene dictando sobre el particular (matizando criterio anterior) que el factor de...
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