SAP Castellón 93/2000, 11 de Marzo de 2000
Ponente | JOSE ALBERTO MADERUELO GARCIA |
ECLI | ES:APCS:2000:351 |
Número de Recurso | 646/1997 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 93/2000 |
Fecha de Resolución | 11 de Marzo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚM. 93
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE: DON FERNANDO TINTORÉ LOSCOS
MAGISTRADO: DON JOSÉ ALBERTO MADERUELO GARCÍA
MAGISTRADO: DOÑA AURORA DE DIEGO GONZÁLEZ
En la Ciudad de Castellón de la Plana, a once de marzo de dos mil.
La SECCION PRIMERA de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Iltmos señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de veinticinco de Marzo de 1997, dictada por el Sr. Juez de 1ª Instancia n° 5 de CASTELLON , en autos de juicio verbal de trafico seguidos en dicho Juzgado con el número 325 de 1.996 de registro.
Han sido partes en el recurso, como APELANTE, Don Iván , representado por el Procurador Sr. Viñado Bonet y defendido por el Letrado Sr. Gordo Tárrega y como APELADO, el Consorcio de Compensación de Seguros representado y defendido por el Abogado del Estado y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don JOSÉ ALBERTO MADERUELO GARCÍA.
En el Fallo de la sentencia apelada literalmente dice: Que, desestimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Dª Mercedes Viñado Bonet, en representación de D. Iván , contra TRANSJOSCAR, S.L. en situación de rebeldía y CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, representado por la Letrada Dª Carolina Mallach Monferrer, debo absolver y absuelvo de la misma a estos demandados, imponiendo al actor el pago de las costas procesales".
Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación del actor se interpuso recurso de apelación contra la misma, y admitido que fue el recurso se remitieron los autos a ese Tribunal, previo emplazamiento de la partes, compareciendo dentro del término para ello concedido ambas representaciones.Tramitándose el recurso, se señaló para el acto de la vista del mismo el día 23 de Febrero de 2000, en el que ha tenido lugar, y en el cual, tras las alegaciones que estimaron oportunas, el Letrado de la parte apelante solicitó la estimación del recurso la revocación de la Sentencia apelada y que se dicte otra que estime la demanda con imposición de las costas al demandado y el de la parte apelada la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución recurrida.
En la tramitación del juicio se han observado en ambas instancias las formalidades legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
Recurre en apelación la representación procesal del demandante al entender que la resolución dictada en la instancia no es ajustada a derecho interesando en esta alzada tras el examen de las pruebas practicadas en especial las que lo fueron en alzada se estime su demanda por quedar debidamente acreditado que el vehículo de la codemandada además de ser el causante de los daños sufridos en su vehículo TL-....-W , carecía de seguro de responsabilidad en la fecha del siniestro.
El Consorcio se opone al recurso y rechaza las argumentaciones vertidas por la defensa del apelante, pues según su entender no ha conseguido acreditar los hechos de la demanda por lo que interesa la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución recurrida,
La despenalización de las faltas de imprudencia con resultado de daños, operada por la Ley Orgánica 3/1989 , implica que...
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