SAP Zaragoza 205/2006, 6 de Abril de 2006
Ponente | EDUARDO NAVARRO PEÑA |
ECLI | ES:APZ:2006:1457 |
Número de Recurso | 523/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 205/2006 |
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
EDUARDO NAVARRO PEÑAMARIA JESUS DE GRACIA MUÑOZSARA ARRIERO ESPES
SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS CINCO
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. Eduardo Navarro Peña
Magistrados:
Dª. Mª Jesús de Gracia Muñoz
Dª. Sara Arriero Espés
En Zaragoza a seis de Abril de dos mil seis.
En nombre de S.M. el Rey.
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 21 de Junio de 2.005 por el Juzgado de Primera Instancia número Dos de los de Zaragoza, en autos de Juicio Verbal seguidos con el número 272/05 , sobre reclamación de cantidad, de que dimana el presente rollo de apelación numero 523/05, en el que han sido partes, apelante, la demandante Dª. Marí Jose , representada por la Procuradora Dª. María-Pilar Artero Fernando y asistida del Letrado D. Santiago Marco Briz, y apelada, el demandado D. Fidel , representado por la Procuradora Dª. María-Jesús Palos Oroz y asistido del Letrado D. Arturo González Corredor, siendo Ponente el Magistrado D. Eduardo Navarro Peña, que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que se desestima la demanda interpuesta por la representación procesal de Marí Jose , contra Fidel sin hacer imposición de las costas causadas."
Notificada dicha sentencia a las partes, la representación procesal de la demandante preparó contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma hábiles, y emplazada que fue para que lo interpusiera en legal forma, así lo efectuó mediante la formulación del correspondiente escrito, en el que expuso las alegaciones que tuvo por conveniente para fundamentarlo, solicitando se dictara sentencia por la Sala, que revocando la recurrida estimase en su integridad los pedimentos de su demanda, condenando al demandado D. Fidel a abonar a la recurrente la suma de 1.132,50 euros, más los intereses legales procedentes y al pago de la totalidad de las costas causadas en la primera instancia.
Dado traslado de dicho recurso de apelación a la representación procesal del demandado, emplazándola para que pudiera alegar lo que a su derecho conviniere en relación con el mismo, formuló escrito de oposición al mentado recurso, interesando su desestimación y consiguiente confirmación de la sentencia impugnada, con expresa imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante, tras de lo cual se remitieron los autos originales del referido proceso a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los autos se formó el correspondiente rollo de Sala, en el que se personaron ambas partes, apelante y apelada, y seguido el trámite legal se señaló, finalmente, para la discusión y votación del referido recurso de apelación el día 4 del corriente mes de Abril, en que tuvo lugar dicho acto.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
No se aceptan los correlativos de la sentencia apelada que contradigan o se opongan a los de la presente; y
Dª. Marí Jose , propietaria del local comercial sito en planta calle del edificio nº NUM000 - NUM001 de la CALLE000 , de esta Ciudad, en el que tiene instalado un establecimiento de venta al público de prendas de confección, formula demanda contra el Sr. Fidel , propietario del piso NUM002 - NUM003 de dicho inmueble, en reclamación de indemnización, en cuantía de 1.132,50 euros, por los daños causados en diversas prendas depositadas en la trastienda de su...
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