Resolucion de 11 de Octubre de 1995, de la Universidad de Granada, por la Que Se Convocan Concursos para la Provision de Plazas de Cuerpos Docentes Que Se Citan.

MarginalBOE-A-1995-24155
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

Uno.-El Rectorado de la Universidad de Granada, en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno ha resuelto convocar concursos para la provisión de las plazas docentes que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.

Dos.-Estos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 162/1985, de 17 de julio («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 74, del 26); el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre), por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios; la Orden de 28 de diciembre de 1984 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de enero de 1985), por la que se desarrolla, con carácter transitorio, dicho Real Decreto; Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, sobre modificación parcial del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, y en lo no previsto por estas disposiciones, por la legislación vigente que regula el régimen general de ingreso en la Administración Pública y demás normas de general aplicación.

Tres.-La tramitación de los concursos para la provisión de las plazas citadas será independiente para cada una de ellas, quedando garantizados, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.

Cuatro.-Para ser admitidos a estos concursos se requieren las siguientes condiciones generales:

  1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

  2. Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber cumplido los sesenta y cinco.

  3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

  4. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

    La documentación que acredite reunir estas condiciones deberá ser presentada por aquellos candidatos que hayan superado las pruebas.

    Cinco.-Para ser admitido a estos concursos se requieren, además, los siguientes requisitos específicos:

  5. Para concursar a las plazas de Catedrático y Profesor titular de Universidad y Catedrático de Escuela Universitaria, estar en posesión del título de Doctor. Para concursar a las plazas de Profesor titular de Escuela Universitaria, ser Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

    También podrán concursar para plazas de Profesores titulares de Escuela Universitaria en las áreas de conocimiento relacionadas en el anexo de la Orden de 28 de diciembre de 1984, los Diplomados, Arquitectos o Ingenieros técnicos.

  6. Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad, cumplir, además, las condiciones señaladas en el artículo 4.1, c), del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 26 de octubre), por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, o bien, las condiciones señaldas en la disposición transitoria undécima de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.

  7. Para participar en los concursos de méritos a los que alude el apartado 3 del artículo 39 de la L.R.U., ser profesor del cuerpo al que corresponda la plaza vacante.

    Seis.-Los que deseen tomar parte en estos concursos deberán dirigir una instancia, según modelo del anexo II, al Rector de la Universidad de Granada, por cualquiera de los medios autorizados en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Esta instancia irá acompañada de la documentación que acredite reunir las condiciones específicas para participar en los concursos. El modelo de currículum vitae a presentar en el momento de las pruebas se adecuará a lo especificado en el anexo III.

    La acreditación de los requisitos específicos requeridos para ser admitidos a estos concursos se realizará en los señalados con la letra a) del número 5, por medio de fotocopia compulsada de los títulos o, en su caso, del justificante del abono de sus derechos, y en los señalados con las letras b) y c), por medio de las correspondientes certificaciones, documentación que...

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