SAP Madrid 640/2008, 15 de Diciembre de 2008

PonentePURIFICACION MARTINEZ MONTERO DE ESPINOSA
ECLIES:APM:2008:17719
Número de Recurso380/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución640/2008
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 380 /2007

Ilmos. Sres. Magistrados:

PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

En MADRID, a quince de diciembre de dos mil ocho.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 525/2006, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 45 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo 380/2007, en los que aparece como parte apelante CAMISERIA HERNANDO S.A., representado por la procuradora Dª MARIA DOLORES GIRON ARJONILLA, y como apelado INVERSIONES M96 S.L., representado por el procurador D. JOSE ANDRES CAYUELA CASTILLEJO, sobre resolución de contrato, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª PURIFICACIÓN MARTÍNEZ MONTERO DE ESPINOSA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 45 de Madrid, en fecha 19 de febrero de 2.007, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda deducida por la Procuradora Doña María Dolores Girón Arjonilla en nombre y representación de Camisería Hernando, S.A., contra Inversiones M96, S.L., absolviéndole de las pretensiones contenidas en ella, imponiendo a la demandante las costas causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.TERCERO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la Juez "a quo" se ha dictado sentencia por la que se ha desestimado la demanda promovida por Camisería Hernando S.A. contra Inversiones M.96, S.L., en la que ejercitaba acción resolutoria del contrato de arrendamiento suscrito el día 12 de diciembre de 1.996, sobre el local de negocio sito en la Plaza de la Puerta del Sol nº 4 de Madrid, por considerar que la prestación del aval estipulado en la cláusula sexta del contrato es de carácter accesorio y su incumplimiento no puede determinar la misma.

Contra dicha resolución se ha alzado la parte actora aduciendo, en esencia, como único motivo de recurso, error en la apreciación de la prueba por parte de la Juez de instancia puesto que, a su entender, de lo actuado ha quedado acreditado, cuando menos, que desde marzo de 2.001 requirió anualmente a la arrendataria para que prestase el aval pactado, llegando a deberle en el año 2.005 51.424 euros en concepto de renta, lo que la obligó a promover un desahucio por falta de pago; procediendo, en consecuencia, la resolución del contrato de arrendamiento, de conformidad con lo establecido en la cláusula sexta del mismo.

El recurso ha sido expresamente impugnado de contrario, solicitando la confirmación de la sentencia apelada por sus propios fundamentos, que estima no desvirtuados por las alegaciones de la parte apelante, insistiendo en el carácter accesorio de la obligación de prestar el aval, así como el...

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